El tribunal de la ue avala dar fútbol en bares con tarjetas descodificadoras extranjeras


El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado una sentencia por la que autoriza la proyección de partidos de fútbol en bares y restaurantes que hayan adquirido tarjetas descodificadoras comercializadas en países extranjeros.
El fallo rechaza un recurso de la asociación británica de fútbol (Football Association Premier League) contra el uso en bares del Reino Unido de tarjetas suministradas por un operador griego, y que se adquieren con tarifas más bajas que las que aplica la plataforma Sky, propietaria de los derechos televisivos de la Premier.
El tribunal europeo sostiene que "una normativa nacional que prohíbe importar, vender o utilizar tarjetas decodificadoras extranjeras es contraria a la libre prestación de servicios y no puede justificarse ni con el objetivo de proteger los derechos de propiedad intelectual, ni con el objetivo de incentivar la presencia de público en los estadios de fútbol".
Según la sentencia, la Premier "no puede invocar derechos de autor sobre los partidos, puesto que esos encuentros deportivos no se pueden considerar creaciones intelectuales propias de un autor y, por tanto, 'obras' en el sentido de los derechos de autor de la Unión".
"Además, aun en el supuesto de que el Derecho nacional concediese a los encuentros deportivos una protección comparable a la protección de las obras -algo que, en principio, sería compatible con el Derecho de la Unión-, la prohibición de utilizar las tarjetas descodificadoras extranjeras iría más allá de lo necesario para garantizar una remuneración adecuada a los titulares de los derechos afectados".

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