Informe de dos detectives

Espiar a la víctima de la violación de La Manada no es delito, según el juez

Entiende que "recabaron datos e imágenes de la denunciante en lugares públicos para incluirlos en un informe aportado a un procedimiento penal".

Alfonso Jesús Cabezuelo
Alfonso Jesús Cabezuelo
EFE

La denuncia que puso la víctima de La Manada contra dos detectives privados contratados para probar que hacía vida "normal" tras la violación durante los Sanfermines de 2016 ha sido archivada, según adelanta El Periódico. El magistrado del juzgado de instrucción número 40 de Madrid entiende que las dos detectives "recabaron datos e imágenes de la denunciante en lugares públicos para incluirlos en un informe aportado a un procedimiento penal". Al final la defensa de uno de los condenados, el exmilitar Antonio Jesús Cabezuelo, decidió retirarlo. La joven denunció que este seguimiento se extralimitó  captando imágenes de su vida íntima. 

La causa, contra la que cabe recurso, se abrió a raíz de una denuncia de la defensa de la víctima de La Manada, cuyos agresores fueron condenados en 2019 a 15 años de prisión por el Tribunal Supremo, que elevó la pena de 9 años que había impuesto el Tribunal Superior de Justicia de Navarra al considerar que los cinco procesados cometieron un delito continuado de violación, y no de abuso sexual.

La defensa de la víctima denunció a los dos detectives de la agencia Cassol que fueron contratados por uno de los procesados para elaborar un informe que se unió al procedimiento por la agresión sexual, aunque luego se retiró, en el que se acreditaba una vida "normal" de la joven, con imágenes con sus amigos y su familia.

Los dos detectives siguieron a la víctima durante el verano de 2016, cuando ella trataba de recuperar su vida tras la agresión, y dejaron escrito que "fuma, sale de marcha y toma café con los amigos" y "lleva una vida propia de una persona de su edad".

La letrada de la joven denunció que los seguimientos no se limitaron a espacios públicos, sino también en el ámbito privado de su familia y amigos, de manera que se vulneró su derecho a la intimidad y su libertad de movimientos. Ahora el magistrado Enrique de la Hoz entiende que los dos detectives recabaron datos en lugares públicos para incluirlos en el procedimiento penal, sin cometer delito de revelación de secretos ni contra la intimidad personal.

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