Luz de cruce

La extraña lógica del doctor Illa

El 13 de junio se publicó una Orden del Ministerio de Sanidad que es un totum revolutum normativo

El ministro de Sanidad, Salvador Illa, en rueda de prensa en Moncloa.
El ministro de Sanidad, Salvador Illa, en rueda de prensa en Moncloa.
EP

Me gustan las buenas maneras, la bonhomía y la moderación que definen el carácter del superministro Salvador Illa. Pero, en cuanto al fondo de sus resoluciones administrativas para combatir la pandemia, reconozco que frecuentemente me pierdo. Muchas veces no sigo el hilo de la argumentación de sus normas. Me he hecho un lío especial con la penúltima, que, a una semana del fin del estado de alarma, ha abierto los grilletes de la prohibición deambulatoria de las personas en unos supuestos de hecho que no afectan a la gente común, a los ciudadanos corrientes de nuestro país. En mi opinión, Illa adolece de incoherencia legislativa.

El 13 de junio se publicó una Orden del Ministerio de Sanidad que es un totum revolutum normativo. En su disposición, Salvador Illa sigue sin llamar a las cosas por su nombre. Sacrifica la gramática en beneficio de los intereses particulares de su Gobierno. A la prohibición de circulación de las personas en determinados territorios, el ministro, suavizando retóricamente la naturaleza del concepto, la denomina restricción.

Si, desde el mundo de los significados teóricos, nos trasladamos al planeta de los casos singulares y específicos, comprobaremos que Illa, en los últimos días del estado de alarma, se ha dedicado a enmendarle la plana a su compañero José Luis Ábalos, el ministro de Transportes, aprovechándose de que ahora el valenciano apenas es nadie en la dirección del estado de alarma. Ábalos prohibió, desde el 17 de marzo de 2020, la entrada y salida de helicópteros en la ciudad norteafricana de Ceuta. Sin embargo, esos vuelos ya son una realidad desde el 15 de junio. ¿A qué se debe esta “generosidad” de Illa con estas máquinas voladoras? Su Orden no dice nada al respecto. ¿Será que el ministro de Sanidad tiene escondido un “black hawk” en el garaje de su masía?

Illa también ha modificado otro precepto de Ábalos, esta vez de manera extravagante y anómala. El ministro de Transportes prohibió en todo momento la entrada en puertos españoles de buques y embarcaciones de recreo extranjeros que tuvieran su puerto de estancia fuera de nuestro país. Sin embargo, ahora Salvador Illa se atribuye a sí mismo poderes excepcionales para levantar las prohibiciones/restricciones relacionadas con la navegación marítima. Aunque el texto articulado de su Orden no especifica el ámbito preciso de sus poderes excepcionales, no existe duda alguna de que Illa ha querido permitir la entrada en todos los puertos españoles de las embarcaciones de recreo extranjeras, vengan de donde vengan. ¿Por qué lo sabemos? Porque así consta de forma expresa en la exposición de motivos de la Orden. Sin embargo, a Illa le ha salido otra cosa. Quería pintar a la Purísima Concepción y ha dibujado la barba de San Antón. Sin necesidad de llegar a la injuria contra el ministro, como la proferida por Juan Luis Cebrián (“un señor bastante bobo”), es indudable que a veces Illa se mete un gol en su propia portería.

Extraña lógica la del doctor Illa. Y también una pizca de ignorancia jurídica. Los preámbulos de las disposiciones legales carecen de eficacia normativa, no son mandatos jurídicos, no forman parte del contenido de las leyes. Además, la redacción del artículo segundo de la Orden, que es pésima, contradice frontalmente su exposición de motivos. Dicho artículo se estructura en dos apartados. El primero dice de forma literal: “Se mantiene la restricción de entrada en puertos españoles de los buques de pasaje de tipo crucero procedentes de cualquier puerto”. El segundo y último apartado, el que atribuye poderes excepcionales al ministro de Sanidad, solo le permite levantar las restricciones mencionadas en el apartado anterior”. Diga lo que diga la exposición de motivos, don Salvador Illa no puede “liberar” a ningún buque o embarcación particular de recreo (motoras, veleros, catamaranes…). Sus competencias extraordinarias se refieren exclusivamente a los buques de crucero (afectos a una actividad económica). Es decir, Illa ha dejado las cosas exactamente igual a como estaban antes de su “no reforma”.

Resulta que la única autoridad (delegada) que dirige la sístole y la diástole del estado de alarma es un fabricante de churros. Un oficio que no se le da nada mal. En este caso la chapuza del ministro tiene el valor de una simple anécdota. Pero también alcanza la categoría de síntoma. La chapuza de don Salvador, en el fondo, demuestra la mala calidad de la dirección política y de la gestión jurídica del estado de alarma. 

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