En el Hospital de Mataró

Indemnizan con 250.000€ a una familia por la muerte del padre por mala praxis

El paciente estuvo 15 meses pensando que había padecido un tumor benigno y que estaba curado. 

Fotografía de un quirófano.
El fallecido, de 40 años, fue diagnosticado erróneamente con un tumor benigno en el año 2013.
Pixabay.

La Audiencia de Barcelona ha confirmado la condena del Juzgado de Primera Instancia 11 a indemnizar a la familia de un paciente diagnosticado erróneamente de un tumor benigno cuando en realidad era maligno en el Hospital de Mataró (Barcelona) en 2013.

La sentencia del Juzgado de Primera Instancia 11 de Barcelona, consultada por Europa Press, condena a la aseguradora del centro hospitalario a indemnizar a la esposa y los hijos del fallecido con casi 250.000 euros al reconocer que la muerte del esposo se produjo "por una mala praxis".

El fallecido, de 40 años, fue diagnosticado erróneamente con un tumor benigno en el año 2013, tras someterse a varias pruebas, y el 12 de marzo de 2013 fue intervenido en el Hospital de Mataró, que forma parte del Consorci Sanitari del Maresme y del Servei Català de Salut (CatSalut), según ha informado este martes en un comunicado la asociación El Defensor del Paciente, cuya abogada Matilde Barrabés ha llevado el caso.

Según las sentencias, el informe de anatomía patológica de la pieza extraída -un tumor cervical izquierdo- confirmó erróneamente el diagnóstico del tumor benigno, por lo que no fue sometido a un tratamiento complementario adecuado. El paciente estuvo 15 meses pensando que había padecido un tumor benigno y que estaba curado, hasta que, en julio de 2014, empezó a encontrarse mal e ingresó de urgencias en el Hospital de Mataró por pérdida de peso, diarreas abundantes, ictericia --coloración amarillenta de la piel--, y otros.

La primera exploración médica reveló una metástasis en hígado y riñón derivada del tumor intervenido en marzo del 2013 y, las pruebas posteriores y la revisión de la intervención quirúrgica practicada un año antes, confirmaron que se trataba de un tumor maligno.

La sentencia del Juzgado de Primera Instancia afirma que el error en el diagnóstico fue "que no se realizara actuación alguna tendente a averiguar si había metástasis del tumor originario hasta que ésta se manifestó", produciendo el fallecimiento del paciente en agosto de 2016.

Ambas sentencias reducen la indemnización inicialmente solicitada un 50%, aplicando "la teoría de la pérdida de oportunidad", por entender que no se puede afirmar que, de haber actuado correctamente, realizado el diagnóstico y tratamiento a tiempo, se hubiera evitado el fallecimiento del paciente.

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