Además de una indemnización

La Justicia ordena readmitir a una camarera que se negó a llevar poca ropa

En su sentencia, que se puede recurrir, la jueza de Barcelona considera "plenamente acreditados" los daños morales causados a la trabajadora por la imposición de esta vestimenta para desarrollar su trabajo.

Los juzgados de Mollet del Vallès (Barcelona)
La Justicia ordena readmitir a una camarera que se negó a llevar poca ropa.
CONSELLERIA DE JUSTICIA

Una jueza de Barcelona ha fallado a favor de una camarera. La empresa deberá readmitir e indemnizar con 6.251 euros a la empleada por daños morales tras ser despedida porque se negó a vestir solo con la poca ropa que los dueños del local de copas de la ciudad Condal le obligaban. El 'uniforme' estaba compuesto únicamente por un sujetador, culotte y medias.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, la titular del Juzgado de lo Social número 4 de Barcelona da la razón a la trabajadora, que prestaba sus servicios contratados por la empresa AlemanProduct SL, y ordena su "inmediata readmisión", sin que ahora se le pueda imponer este tipo de vestimenta, así como que se la indemnice al concluir que la "imposición" de llevar tan poca ropa vulneró su derecho al honor y le causó daños morales.

La trabajadora fue fichada por un contrato temporal por AlemanProduct SL el 14 de febrero de 2020 como ayudante de camarera, con un horario entre las 18:00 y las 2:00 horas y un sueldo bruto de 1.586 euros mensuales, de forma que empezó a trabajar en el local de copas "Dollhouse" de Barcelona.

La empresa, de acuerdo con su actividad, impuso a la camarera un código de vestimenta específica, que la obligaba a llevar la menor cantidad de ropa posible, en concreto bragas, culotte y sujetador.

La trabajadora no se encontraba cómoda con esta vestimenta -cuando "puntualmente" la llevó llegó a sufrir una situación "embarazosa" con un cliente, según la sentencia- por lo que en junio de 2021 empezó a ponerse vestidos o tejanos y ropa con la que se sentía mejor.

En su sentencia, que se puede recurrir, la jueza considera "plenamente acreditados" los daños morales causados a la trabajadora por la imposición de esta vestimenta, así como por las consecuencias que ello le comportó, debido al incidente que tuvo con un cliente, en una situación embarazosa que detalló una testigo en el juicio. Por este motivo, la jueza acuerda que la empresa indemnice con 6.251 euros a la mujer, por los daños morales ocasionados.

Asimismo, declara la nulidad del despido por vulneración del derecho fundamental al honor, a la intimidad personal, familiar y a la propia imagen, por lo que condena a la empresa a readmitir de forma inmediata a la trabajadora, sin imponerle la vestimenta que se ha determinado "contraria a los derechos fundamentales" de la demandante.

También condena a la empresa a abonar 1.613 euros a la camarera, más el 10 por ciento de intereses, en concepto de los salarios pendientes y la liquidación de vacaciones.

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