La Abogacía del Estado vuelve a perder en los tribunales contra Amparo Cuevas

  • Madrid.- La Inspección de Trabajo ha visto desestimada de nuevo ante los tribunales su pretensión de que las fundaciones de la vidente de El Escorial tengan que cotizar a la Seguridad Social por la atención a los ancianos que prestan las Reparadoras (religiosas seglares) en las residencias de Amparo Cuevas.

La Abogacía del Estado vuelve a perder en los tribunales contra Amparo Cuevas
La Abogacía del Estado vuelve a perder en los tribunales contra Amparo Cuevas

Madrid.- La Inspección de Trabajo ha visto desestimada de nuevo ante los tribunales su pretensión de que las fundaciones de la vidente de El Escorial tengan que cotizar a la Seguridad Social por la atención a los ancianos que prestan las Reparadoras (religiosas seglares) en las residencias de Amparo Cuevas.

En este caso, ha sido el titular del Juzgado de lo Social número 21 de Madrid, quien ha desestimado la demanda de la Abogacía del Estado, tras la denuncia formulada ante la Inspección de Trabajo por la Asociación de Víctimas de las supuestas Apariciones de El Escorial, que preside Juan Carlos Bueno Suescún, por considerar que los hechos denunciados ya habían sido juzgados anteriormente.

El titular del Juzgado, el magistrado Juan José del Águila Torres, no sólo desestima la demanda sino que advierte a la Abogacía del Estado "que con tanta beligerancia y ardor procesal han llevado la defensa de este pleito, que precisamente la Constitución y el Estado de derecho que en ella se consagra permite y posibilita otras actuaciones públicas suyas en diferentes ámbitos" para que presuntas conductas irregulares puedan ser depuradas y/o sancionadas.

El magistrado-juez había rechazado ya en una providencia del pasado 26 de marzo la pretensión de la Asociación de Víctimas de personarse en el procedimiento, al igual que se opuso a que Juan Carlos Bueno testificase durante la vista del pasado 5 de mayo en la demanda presentada por la Inspección de Trabajo.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, Juan José del Águila, recuerda que existen ya "pronunciamientos de dos Salas de Tribunales Superiores sobre la cuestión objeto de la controversia", concretamente sobre demandas presentadas contra las residencias que posee la Fundación Benéfica Pía Autónoma Virgen de los Dolores en las localidades madrileñas de El Escorial y Griñón.

El magistrado cita las anteriores sentencias y afirma que "existen razones de total y absoluta coincidencia no sólo en los presupuestos fácticos, sino en la más que completa sentencia del Juzgado de lo Social número 2 para desestimar las pretensiones de la Inspección de Trabajo con respecto a la existencia de una pretendida laboralidad entre las codemandadas".

"Cuyas notas y caracteres", agrega el juez en los fundamentos de Derecho, "siguen brillando por su ausencia al igual que ocurrió en la anterior ocasión, a lo que además habría de unirse el pronunciamiento y ratificación de esa sentencia por la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Madrid".

También cita la sentencia de 28 de mayo de 2009, del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, "que revocó la estimatoria" del Juzgado Social de Soria, "atendiendo a los elementos subjetivos de la relación personal altruista y de claro contenido religioso y la ausencia de remuneración", de las hermanas Reparadoras en el cuidado y atención de los ancianos.

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