La Audiencia de Tarragona absuelve al imán de Cunit condenado por coacciones

  • Tarragona.- La Audiencia de Tarragona ha absuelto al imán de Cunit (Tarragona), a su hija y al presidente de la asociación islámica local, que habían sido condenados por un juzgado penal por coacciones contra la mediadora cultural Fátima Ghailan.

La Audiencia de Tarragona absuelve al imán de Cunit condenado por coacciones
La Audiencia de Tarragona absuelve al imán de Cunit condenado por coacciones

Tarragona.- La Audiencia de Tarragona ha absuelto al imán de Cunit (Tarragona), a su hija y al presidente de la asociación islámica local, que habían sido condenados por un juzgado penal por coacciones contra la mediadora cultural Fátima Ghailan.

El juzgado número 2 de Tarragona condenó en noviembre pasado a un año de cárcel al imán, Mohamed Benbrahim; a su hija Hafssa le impuso una multa de 750 euros, y al presidente de la Asociación Cultural Islámica Cunit, Abderramán el Osri, nueve meses de prisión, y les condenó a todos al pago solidario de 1.500 euros en concepto de daños morales.

Sin embargo, la Audiencia Provincial de Tarragona no considera probado ninguno de los hechos ni encuentra que sean constitutivos de delito, por lo que "prima la presunción de inocencia", ha dicho a Efe María José Canals, su abogada. La sentencia de la Audiencia es firme y no cabe recurso.

Mientras el juzgado penal consideró que los tres acusados eran culpables de orquestar una serie de coacciones para que la mediadora, contratada por el Ayuntamiento de Cunit, abandonara su puesto de trabajo, "la Audiencia recoge el derecho fundamental de cualquier ciudadano de quejarse del funcionamiento de un servicio público", ha aclarado Canals.

La abogada también ha comentado que "ahora estudiaremos las vías a seguir como reparación a mis clientes, ya que han salido en todos los medios de comunicación como culpables y al final, se ha demostrado que eran inocentes".

Fatima Ghailan ha declinado valorar la sentencia y ha alegado: "tiene que hacerlo mi abogada, porque tiene muchos matices que hay que analizar bien".

El juez del juzgado penal número 2 de Tarragona declaró probado en 2010 que los condenados actuaron bajo "un plan premeditado de actuación para privar de tranquilidad a la perjudicada" para que abandonara su puesto de trabajo y no entró a valorar si el motivo era que la mediadora se había "occidentalizado", como mantenía ella.

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