"Fumar es un factor de difusión del virus"

Prohibido fumar en la calle en Galicia: multas y distancia social a cumplir

Galicia ha prohibido fumar en la calle y espacios públicos si no se cumplen ciertos requisitos. ¿Qué distancia de seguridad hay que mantener y qué multas hay si no se cumple esta medida?

Fumar, fumadora, smoke, tabaco, fumando
Prohibido fumar en la calle en Galicia: multas y distancia social a cumplir
Flickr.

Desde las 00:00 h de este miércoles 13 de agosto, el consumo de tabaco en la calle y los espacios públicos en Galicia está regulado con el fin de evitar la propagación del coronavirus. La medida, presentada por el presidente de la Xunta Alberto Núñez Feijóo en la tarde del martes, fue publicada en una Orden en el Diario Oficial de Galicia, estableciendo que no se podrá fumar en los espacios mencionados si no es posible mantener los dos metros de distancia de seguridad con otras personas (no los 1,5 metros de la nueva normalidad), y esto incluye también las terrazas.

El texto de la Orden, que modifica uno anterior sobre el uso de la mascarilla en la comunidad gallega, es el siguiente: "En el caso particular de consumo de tabaco o de cigarrillos electrónicos en la vía pública o en espacios al aire libre, incluida la terraza, solo se podrá exceptuar la obligación de uso de mascarilla, y exclusivamente durante el indicado consumo, siempre que, teniendo en cuenta la posible concurrencia de personas y las dimensiones del lugar, pueda garantizarse el mantenimiento, en todo momento, de la distancia de dos metros con otras personas".

El comité clínico de expertos de la Consellería de Sanidade de Galicia considera que el humo del tabaco es "un factor de difusión del virus", en la línea de lo que opina la OMS, señalando que "fumar sin limitación en una terraza con personas próximas o en zonas sin distancia es un riesgo alto de infección".

En este sentido, la Orden hace hincapié en que está prohibido fumar tanto cigarrillos como cigarrillados electrónicos, ya que los actos de fumar y vapear generan los siguientes riesgos: contacto repetitivo de los dedos con la boca tras tocar productos o utensilios que podrían actuar como fómite (transmisor inanimado) del virus, expulsión de gotitas respiratorias que pueden contener carga viral y ser altamente contagiosas, y el factor de relajación de la distancia.

Multas y el papel de los bares

Si bien la disposición sobre la prohibición de fumar es concreta en cuanto a las consecuencias y la distancia de seguridad a mantener, no se detalla lo referente a las posibles multas por incumplir la Orden.

La Orden fue modificada en lo relativo al uso de la mascarilla, por lo que se entiende, según 'Faro de Vigo', que una persona que la incumpla fumando en espacios públicos sin mantener la distancia de seguridad se expondrá a una multa de 100 euros, la misma que por no llevar la mascarilla.

Por otro lado, se desconoce si en el caso de los bares, los empleados o dueños de los mismos serán los encargados de hacer cumplir la norma a los clientes. Tampoco se especifica si en el caso de que algún cliente fuese multado en una terraza, habría también multa para el local o solo para una de las dos partes.

Mostrar comentarios