Ha caído sobre el comedor del piso

Se hunde la terraza de una vivienda en Alicante por una piscina hinchable

Es fundamental conocer la sobrecarga que admite el forjado, su estructura y el año de construcción del inmueble, según el Colegio de Aparejadores de Madrid.

Piscina hinchable en el jardín de una casa
Piscina hinchable en el jardín de una casa

Durante el confinamiento la compra de piscinas hinchables dejó sin stock a muchas tiendas cuando se conocieron las condiciones que había que cumplir para poder abrir las comunitarias. En ese mismo instante los expertos empezaron a alertar del peligro que suponía colocarlas en las terrazas y balcones por el peso que ejerce sobre las estructuras, lo que puede provocar el hundimiento. Y esto es lo que ha podido ocurrir en Elda (Alicante), donde esta mañana se ha hundido una terraza cayendo sobre el salón de la vivienda de abajo sin que haya heridos, según ha avanzado la cadena Ser. Desde el colegio de aparejadores ya advertían de que en un piso en altura o en un balcón, el sobrepeso no debería exceder de 200-300 kilos por metro cuadrado. La altura del agua no debería superar los 25 centímetros, salvo un estudio pormenorizado del edificio.

Los especialistas del Gabinete Técnico de esta institución insisten en que deben tenerse muy en cuenta las características del forjado que va a soportar el peso de la piscina con bañistas dentro. “El forjado, como elemento estructural, está concebido para unas determinadas sobrecargas de uso. Por ejemplo, para que aguante estanterías, muebles, camas, reuniones para una comida y ejemplos similares”, indica David Arias Arranz, miembro de la Asesoría Tecnológica del Colegio de Aparejadores de Madrid.

Esta sobrecarga admitida depende en buena medida de dos factores: el año de construcción del inmueble y el tipo de estructura del forjado. A mayor antigüedad, mayor limitación, teniendo en cuenta que el cálculo de la sobrecarga de la normativa de aplicación de la época, en edificios muy antiguos, ni siquiera pudo haberse tenido en cuenta. En estos casos, el riesgo puede ser mayor y la necesidad de análisis, alta. Según David Arias, “el tipo de estructura que compone el forjado es otro elemento fundamental, pues su resistencia a la sobrecarga varía enormemente. No es lo mismo un forjado de madera que uno de hormigón, uno de acero o uno mixto”. Además, según este experto, “es importante conocer el estado estructural del edificio por si tuviera alguna patología previa, como lesiones, grietas, armaduras o vigas de

acero oxidadas”. 

Teniendo en cuenta todos estos factores, la precaución y el sentido común aconsejan, según el Colegio de Aparejadores, que la sobrecarga del forjado oscile entre 200 y 300 (como mucho) kilos por metro cuadrado. Por ello, la profundidad (altura de la lámina de agua) no debería superar, en plantas de edificios y terrazas, los 20- 30 centímetros en uso, algo importante a tener en cuenta porque el volumen y pesos son muy diferentes en función del número y características (niños, adultos...) de los bañistas en la piscina.

¿Y la ubicación? Según David Arias Arranz, “las zonas de borde de piscinas son las más desfavorables. Se debe intentar colocarlas en las zonas de encuentro entre viga y pilar. Imaginemos un trampolín: si me pongo en el borde (como si fuera a saltar) se curva (se flecta). En cambio, cuando estoy al inicio del mismo (empotramiento) no se deforma en absoluto”.

Si la piscina se quiere instalar en un piso bajo, en contacto con el terreno, “podemos estar más tranquilos”, indica este aparejador, “ya que la resistencia característica del mismo (lo que aguanta) es perfectamente asumible para cualquier piscina estacional o provisional (las típicas de temporada desmontables), pudiendo alcanzar 60, 70 y hasta 80 centímetros de altura sin problema”. En cualquier caso, el Colegio de Aparejadores de Madrid recomienda contar con un arquitecto técnico que analice y evalúe todos estos parámetros, pues en casos extremos podríamos asistir a una

desgracia sobrevenida. 

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