Nuevo giro en la política de Trabajo

El Gobierno recula y vuelve a considerar la Covid como un accidente laboral

El Consejo de Ministros ha aprobado prorrogar esta cobertura desde el 1 de agosto a estos profesionales que deberán acreditar el contagio mediante un parte.

Sanitarios coronavirus hospital
La Covid en sanitarios será accidente laboral hasta doblegar la pandemia
Europa Press

Nuevo giro en la consideración de la baja por Covid en la primera línea. El Gobierno ha dado luz verde a una nueva prórroga para que se reconozca como accidente de trabajo (AT) el contagio en los profesionales que prestan servicios en centros sanitarios o sociosanitarios, hasta que las autoridades hayan levantado todas las medidas de prevención adoptadas para atajar la pandemia.

El Consejo de Ministros ha aprobado prorrogar esta cobertura desde el 1 de agosto a estos profesionales que deberán acreditar el contagio mediante el correspondiente parte de accidente de trabajo, que deberá haberse expedido dentro del mismo periodo de referencia. El pasado 26 de mayo ya se aprobó la ampliación de la cobertura para este colectivo con fecha de caducidad. Y es que la cartera de Trabajo solo avaló este cambio hasta un mes después del estado de alarma. 

Hasta finales de mayo, la baja por Covid tuvo la consideración de una enfermedad común, asimiladas a accidente de trabajo sólo en la prestación económica por incapacidad temporal. A partir de entonces, el ministerio que dirige Yolanda Díaz aprobó un impás por el que la infección empezó a tratarse, para este grupo profesional, como contingencia profesional derivada de accidente de trabajo para todas las prestaciones (viudedad, orfandad, etc). El giro supuso una mayor cobertura, en aquellos casos en que dicha enfermedad cause incapacidad permanente o el fallecimiento para estos trabajadores. 

El Real Decreto-ley 19/2020, de 26 de mayo, establecía esta consideración hasta el mes posterior a la finalización del estado de alarma. Hoy sí, mañana, no, los sanitarios se dieron de bruces con un cambio que otorgaba una consideración distinta a aquellos profesionales que se hubieran contagiado antes o después del 21 de julio. El paréntesis de Trabajo apuntó como fecha de finalización del reconocimiento de esta contingencia el mes de julio de 2020. La disposición aprobada este martes extiende (otra vez) la medida hasta que España logre doblegar la pandemia, en concreto, hasta que las autoridades sanitarias decreten el levantamiento todas las medidas de prevención adoptadas para hacer frente a esta crisis sanitaria. 

Ya antes de aprobar el nuevo cambio, la cartera insistía en que el tratamiento del nuevo coronavirus era, a todos los efectos, e mismo que para un accidente laboral. Los sanitarios, por su parte, aseguraban que, aún como AT, el ministerio se quedaba corto. "Lo que hemos exigido siempre es que se tome como enfermedad profesional, que se extiende desde la baja hasta el final de tus días", insistía Silvia Durán, delegada de Prevención Laboral de AMYTS, a La Información hace una semana.

"Se ha comprobado que la Covid deja fuertes secuelas. Muchos compañeros contagiados desarrollan fibrosis pulmonar, al menos el 80% sufre disnea... además de las secuelas psicológicas. Hay algunos que necesitarán adaptar su actividad laboral después de esto". Frente al seguimiento que exige cualquier enfermedad profesional, el accidente va desde la baja hasta la reincorporación del trabajador. Para el colectivo profesional, ni el periodo previo de aislamiento preventivo, ni las posibles connotaciones de la enfermedad a largo plazo, quedan lo suficientemente cubiertas con la consideración que, de nuevo este martes, el Gobierno ha otorgado a la Covid.

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