Pero archiva las querellas contra el Gobierno

El Supremo pedirá investigar la gestión de la Covid: ve indicios de posible delito

No abrirá causa penal contra los miembros del Gobierno, pero sí ultima un auto para que los juzgados den respuesta a las querellas que se interpusieron.

Salvador Illa, ministro de Sanidad
Salvador Illa, ministro de Sanidad
EFE

El Tribunal Supremo no da cerrojazo a la investigación de la gestión de la pandemia en España. No abrirá causa penal contra los miembros del Gobierno al considerar que las querellas por la covid no justifican lo suficiente la autoría de los hechos, pero sí remitirá a los juzgados ordinarios para que se investiguen los asuntos relativos a la omisión de medidas de seguridad para sanitarios o policías, la contratación de material fallido y las muertes de ancianos en las residencias.

De este modo, la Sala que preside el magistrado Manuel Marchena inadmite un total de 20 querellas y 30 denuncias que en los últimos meses han presentado colectivos tan diversos como sindicatos asociaciones médicas, policiales y partidos políticos. Al respecto recalcan que el examen se ha ceñido exclusivamente a los hechos que se le imputan a todos los miembros del Ejecutivo en calidad de aforados, y concluyen que el Supremo no es el órgano llamado a investigar estos hechos. Por ese motivo determinan que las diligencias las deben seguir los juzgados ordinarios y que cuando se evidencia la existencia de indicios de delito por parte de algún miembro del Ejecutivo, se tendrá que elevar una exposición razonada al alto tribunal. 

Desde que comenzara la crisis de la covid el pasado mes de marzo, el alto tribunal ha ido recibiendo un conjunto de querellas contra los miembros del Gobierno de Pedro Sánchez desde colectivos tan diversos como sindicatos asociaciones médicas y otros partidos políticos. En concreto, la Fiscalía del Supremo, que rechazó su admisión, estudió los escritos de colectivos como la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos, la Asociación Profesional de la Guardia Civil, la Policía, el Consejo general de Colegios Oficiales de Enfermería, el sindicato CSIF o el colectivo de ciudadanos y familiares de víctimas del Covid. En sus textos denunciaron dejadez de funciones del Gobierno de coalición apuntando a delitos como homicidio, lesiones imprudentes, contra los derechos de los trabajadores, prevaricación u omisión del deber de socorro.

La Fiscalía del alto tribunal acordó el estudio de manera conjunta de todos estos textos y resolvió en un informe del pasado 14 de septiembre oponiéndose a su admisión a trámite. El escrito, que firmó el teniente fiscal del alto tribunal, Luis Navajas, analizó uno a unos los textos y tras un análisis pormenorizado determinó que no había base suficiente como para abrir una investigación. De hecho, plasmó que las acusaciones recogidas eran "difusas y genéricas" y que no especificaban el grado de responsabilidad penal que tenían los querellados en lo que respecta al alto número de contagios por el virus así como en las cifras de fallecidos.

Al respecto, el órgano que dirige la fiscal general Dolores Delgado expuso que no se podía atribuir ilícito penal al Gobierno por el resultado de la gestión sanitaria sino que se debe proceder amparándose en la intervención concreta que cada uno de ellos hubiera tenido en estos hechos. Además, determinó que el Ejecutivo hizo una gestión "copiosa e idónea" con la información que se tenía tras declararse el estado de alarma el 14 de marzo y con los medios que tenía para poder reaccionar a la pandemia, más allá de las medidas de confinamiento y de higiene.

"No santifica actuaciones erróneas"

Ahora la Sala de lo Penal responde asumiendo parcialmente el criterio del fiscal Navajas en tanto asegura que se trata de imputaciones complejas porque se atribuye a nivel individual a cada miembro del Ejecutivo una actuación conjunta. De hecho, apunta tras el estudio de todos estos escritos que, en ningún caso, puede desembocar en atribuciones objetivas de responsabilidad por el mero hecho de la posición o cargo que una persona concreta ostente en la organización, por muy alto que este sea, porque, de ser así, se "vulneraría de manera flagrante" el principio de culpabilidad". Ahora bien, el auto también deja patente que su inclinación por archivar todas estas querellas y denuncias "no santifica actuaciones erróneas y de graves consecuencias sociales, aunque no tenga relevancia penal".  

"Para considerar a los querellados responsables de un delito de homicidio o de lesiones por imprudencia, no bastaría acreditar que se ocultó información procedente de organismos internacionales y que esos informes técnico-sanitarios ya eran disponibles por el Gobierno. Ni siquiera sería suficiente con demostrar que la no adopción de medidas tendentes a evitar las aglomeraciones masivas pudo incrementar el número de contagios. Nuestro sistema no conoce un tipo penal en el que se castigue a la autoridad o funcionario público que, de forma intencionada o negligente, oculte información relevante para conocer el verdadero alcance de una pandemia que amenaza con causar un grave peligro para la sanidad colectiva", reza el auto de la Sala de lo Penal. 

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