TS eleva a año y tres meses la pena a dos mossos por apalear a un estafador

  • El Tribunal Supremo (TS) ha elevado a un año y tres meses de prisión, y al mismo tiempo de inhabilitación profesional, a dos mossos d'esquadra condenados por ayudar a dos empresarios de Figueres (Girona) a apalear a un hombre para vengarse porque les había estafado.

Barcelona, 17 jun.- El Tribunal Supremo (TS) ha elevado a un año y tres meses de prisión, y al mismo tiempo de inhabilitación profesional, a dos mossos d'esquadra condenados por ayudar a dos empresarios de Figueres (Girona) a apalear a un hombre para vengarse porque les había estafado.

En su sentencia, el Supremo estima el recurso que presentó la Fiscalía contra la sentencia de la Audiencia de Girona, que en junio del año pasado condenó a los agentes Fausto Hermida y José Luis Cabrera a una multa de 720 euros por una falta de lesiones por los golpes que propinaron al estafador.

Los agentes fueron condenados junto a dos empresarios, los hermanos Alejandro y Josep Maria Font, por ayudarles a vengarse de una persona que les había estafado y recuperar los 37.000 euros que la víctima les había sustraído.

Para ello, los empresarios -condenados también por detención ilegal- secuestraron en marzo de 2010 al estafador y se lo llevaron a una nave de Santa Llogaia d'Alguema (Girona) para propinarle una paliza, en la que participaron los dos mossos procesados.

Después, subieron a la víctima a la parte trasera de una furgoneta, de la que logró escapar saltando con el vehículo en marcha.

El Supremo ha elevado ahora la pena a los dos agentes, al considerar que su acción "supone una agresión injustificada, abusiva e indigna de un agente de la autoridad y, desde luego, está en las antípodas de las precisiones de comportamiento de la policía (...)", lo que constituye un delito contra la integridad moral.

La sala tiene en cuenta que los mossos cometieron el delito mientras se encontraban en el ejercicio de sus funciones, de servicio activo, ya que incluso condujeron el servicio policial que tenían asignado a la nave donde se perpetró la paliza al estafador.

Además, la sentencia resalta que los agentes, junto a los otros dos condenados, dieron patadas y puñetazos a la víctima, "de forma no ya innecesaria, sino como agresión gratuita y absolutamente injustificada".

Al carecer de antecedentes y haber sido condenados a una pena inferior a los dos años de cárcel, los policías podrían beneficiarse de una suspensión de condena y eludir la prisión, aunque durante año y tres meses les está vetado trabajar como agentes de la autoridad, de acuerdo con la inhabilitación fijada por el Supremo.

La sala ha elevado también a dos años de cárcel por detención ilegal a los dos empresarios, a los que la Audiencia de Girona había impuesto un año y once meses de prisión, al entender que no corresponde aplicar a ese delito la atenuante de reparación del daño, ya que la indemnización que entregaron a la víctima lo fue solo para compensarle por las lesiones causadas. EFE.

Mostrar comentarios