Una jueza obliga a condecorar a un ertzaina herido en un atentado en Ondarroa

  • El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 6 de Bilbao ha obligado al Gobierno vasco a distinguir como "acto de servicio" la actuación de un agente de la Ertzaintza herido en un atentado cometido por ETA en 2008 en Ondarroa (Bizkaia) y a otorgarle la medalla al reconocimiento de la labor policial.

Ondarroa (Bizkaia), 30 jun.-El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 6 de Bilbao ha obligado al Gobierno vasco a distinguir como "acto de servicio" la actuación de un agente de la Ertzaintza herido en un atentado cometido por ETA en 2008 en Ondarroa (Bizkaia) y a otorgarle la medalla al reconocimiento de la labor policial.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, ha aceptado el recurso presentado por el agente contra una resolución dictada por el Gobierno vasco que, inicialmente en marzo de 2012 y en segunda instancia en septiembre de 2012, desestimó el reconocimiento de acto de servicio y concesión de esta medalla solicitado por este efectivo.

El agente que presentó la demanda fue uno de los trece miembros de la Ertzaintza y cinco viandantes que resultaron heridos en Ondarroa el 21 de septiembre de 2008, tras la explosión de un coche bomba con 100 kilos de amonal frente a la comisaría de esta localidad vizcaína, por la que fueron condenados dos militantes de ETA.

Como consecuencia de la deflagración, el denunciante sufrió "una lesión permanente, no invalidante, en el baremo número 8 por hipoacusia", tal y como le reconoció en 2012 un auto del Juzgado de lo Social número 3 de Bilbao.

Para reclamar esta medalla, el ertzaina alegó que su actuación tras el atentado reunía los requisitos previstos por la ley para ser considerada como acto de servicio, al exceder las tareas propias de su cargo de jefe de suboficial en funciones de jefe de operaciones de este cuerpo policial.

Tras la explosión del coche bomba, según sostuvo, abandonó la comisaría para establecer junto a otros compañeros un cordón policial y organizar el traslado de un agente herido.

Tras esta actuación, regresó a la comisaría para acceder al puesto de comunicaciones y poder coordinar con mayor eficacia a los recursos de emergencia, pese al posible mal estado del edificio y la posible existencia de otros "explosivos ocultos", lo que supuso un "riesgo para su vida e integridad física", según alegó.

El ertzaina justificó que merecía esta medalla porque, gracias a dicha coordinación, "todos los recursos llegaron al lugar de una forma rápida".

El Gobierno vasco, sin embargo, rechazó su versión tras descartar, entre otras consideraciones, que el edificio de la comisaría presentara riesgo de derrumbe, que pudiera poner en peligro la vida del agente.

De igual forma, determinó que la actuación del ertzaina había sido "normal desde la perspectiva del comportamiento que debe exigirse a un agente de la Ertzaintza".

La magistrada, sin embargo, ha estimado en su sentencia que el agente merece ser condecorado porque, "con independencia" de que su actuación pusiera en riesgo su vida, los poderes públicos vascos "deben promover medidas de satisfacción moral y reconocimiento social a las víctimas del terrorismo".

En el dictamen, contra el que no cabe recurso, la jueza subraya que el Gobierno vasco debe considerar "como actuación policial de carácter extraordinario" el hecho de que un ertzaintza sufra lesiones permanentes en el ejercicio de sus funciones tras un atentado terrorista.

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