Habrá sanciones 

La UE limita importar productos como el café o la soja si 'ayudan' a la deforestación

Por su parte, los productos de países de bajo riesgo estarán sujetos a un procedimiento simplificado de debida diligencia, mientras que la proporción de controles se realizará a los operadores según el nivel de riesgo del país.

La UE pendiente de la deforestación limita las importaciones de algunos productos
La UE limita importar productos como el café o soja si 'ayudan' a la deforestación. 
PEXELS

Los Veintisiete países de la Unión Europea han aprobado este miércoles la nueva ley que limita las incorporaciones de terceros países al mercado comunitario en el que se encuentran productos como el aceite de palma, la carne de vacuno, madera, café, cacao o soja, que contribuyen a la deforestación y a la degradación forestal. 

La normativa no restringe ningún país o producto, pero obligará a las empresas a que garanticen que esos productos no son fruto de la explotación de tierras deforestadas o hayan participado en tales actividades como requisito para venderlos en el mercado de la UE.

De esta manera, las empresas son las encargadas de verificar que estos productos cumplan con la legislación pertinente del país de producción, incluso sobre derechos humanos, y que se hayan respetado los derechos de los pueblos indígenas afectados. Por su parte, los productos que están protegidos en esta nueva ley son el ganado, el cacao, el café, el aceite de palma, la soja y la madera, incluidos los productos que contienen, han sido alimentados o han sido elaborados con estos productos básicos (como cuero, chocolate y muebles), así como caucho, carbón vegetal, productos de papel impreso y varios derivados del aceite de palma.

Control de riesgos

La Comisión Europea será la encargada de clasificar a los países, o partes de ellos, como de riesgo bajo, estándar o alto mediante una evaluación objetiva y transparente dentro de los 18 meses posteriores a la entrada en vigor del reglamento.

Así, los productos de países de bajo riesgo estarán sujetos a un procedimiento simplificado de debida diligencia, mientras que la proporción de controles se realizará a los operadores según el nivel de riesgo del país: 9% para países de alto riesgo, 3% para riesgo estándar y 1% para bajo riesgo.

Las autoridades competentes de la UE tendrán acceso a la información pertinente proporcionada por las empresas, tales como las coordenadas de geolocalización, y realizarán controles con la ayuda de herramientas de seguimiento por satélite y análisis de ADN para comprobar de dónde proceden los productos. Por su lado, las sanciones por incumplimiento serán proporcionadas y disuasorias y la multa máxima deberá ser de al menos el 4% del volumen de negocios anual total en la UE del operador o comerciante infractor.

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