Abierta la puerta a identificar a deportistas de la operación Puerto en España

Los deportistas propietarios de las bolsas de sangre incautadas en la denominada Operación Puerto contra una red de dopaje sanguíneo en el ciclismo podrán ser identificados, tras una decisión en apelación de la justicia española, que ordenó este martes su entrega a las autoridades deportivas internacionales.

En esa misma decisión, la Audiencia Provincial de Madrid anuló las condenas a un año y a cuatro meses de cárcel a que habían sido condenados respectivamente el doctor Eufemiano Fuentes, considerado el cabecilla de la red, y el preparador físico José Ignacio Labarta.

La Audiencia, en un fallo hecho público este martes, ordenó la entrega de las muestras de sangre a la Federación Española de Ciclismo, la Unión Ciclista Internacional, la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) y el Comité Olímpico Italiano (CONI), que las habían solicitado con el fin de poder identificar a los propietarios de las mismas.

El tribunal de apelación consideró "proporcional" la petición y la entrega de las bolsas, en contra la decisión del tribunal de primera instancia, que había ordenado la destrucción de las mismas para salvaguardar los derechos fundamentales de los deportistas a los que pertenecían.

La decisión judicial de este martes considera que de no entregarse las bolsas, se "genera el peligro que otros deportistas pueden verse tentados a doparse, y emite un negativo mensaje social respecto a que el fin justifica cualquier medio".

La Agencia Española Antidopaje (AEPSAD), creada al igual que una ley específica, tras el escándalo, mostró su "satisfacción por la decisión de la Audiencia Provincial de Madrid" en un caso que había empañado la imagen del deporte español, acusado de no hacer suficiente contra el dopaje.

La Agencia Mundial Antidopaje muestra "su reconocimiento a la Audiencia de Madrid por esta decisión de entregar esas cruciales pruebas a las autoridades antidopaje", afirmó el director de la misma, David Howman, en un comunicado.

Howman lamentó, no obstante, el largo tiempo transcurrido hasta esta decisión y aseguró que ahora estudiarán sus "opciones legales respecto al análisis de estas bolsas".

La AMA ya había calificado de "decepcionante e insastifactoria" la decisión inicial de destruir las bolsas.

La operación había también tenido una influencia negativa en la carrera de Madrid por los organizar los Juegos Olímpicos de 2020.

Durante el juicio en primera instancia celebrado en 2013, tras una instrucción de seis años, que se cerró y reabrió en dos ocasiones, Fuentes se negó a identificar a los propietarios de las muestras, pero afirmó que en 2006, "trabajaba con deportistas de todo tipo", no sólo ciclistas.

Aunque las autoridades deportivas recurrentes lleven a cabo la identificación de las bolsas, sus propietarios no podrían ser sancionados debido a la prescripción de los hechos, ya que han pasado más de diez años desde el 23 de mayo de 2006 cuando la guardia civil llevó a cabo la operación.

Ese día fueron detenidos Fuentes y otras cuatros personas, que fueron puestas en libertad posteriormente, y se incautaron más de 200 bolsas de sangre y plasma en los registros efectuados en apartamentos del médico español.

Las bolsas, varias de las cuales podrían pertenecer a un mismo deportista, están almacenadas en un laboratorio de Barcelona, a la espera de la decisión judicial emitida este martes, contra la que no cabe recurso.

Como consecuencia de esta operación, fueron sancionados los ciclistas Jan Ullrich y Jorg Jaksche en Alemania, y Alejandro Valverde, Ivan Basso y Michele Scarponi en Italia.

En el juicio en primera instancia, sólo Fuentes y José Ignacio Labarta fueron condenados, el primero por un "delito contra la salud pública", ya que en el momento de los hechos no existía ley antidopaje específica en España, y el segundo como cómplice.

Los otros acusados en el caso, Yolanda Fuentes (hermana de Eufemiano y también médico), y los exdirectores deportivos ciclistas Vicente Belda y Manolo Saiz, fueron absueltos.

Sin embargo, la Audiencia Provincial también anuló este martes las condenas a Fuentes y Labarta afirmando que la sangre usada en las transfusiones no es un medicamento "y no constando acreditado que fuese tratada con medicamentos, su conducta no tiene encaje en el delito imputado" contra la salud pública.

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