Justicia española ordena dar muestras de sangre a autoridades deportivas en caso de dopaje

La justicia española ordenó este martes entregar a distintas autoridades deportivas las muestras de sangre incautadas durante la conocida como Operación Puerto contra el dopaje en el ciclismo para evitar el "peligro de que otros deportistas puedan verse tentados a doparse".

La Audiencia Provincial de Madrid atendió así los recursos de la Federación de Ciclismo española, la Unión Ciclista Internacional, la Asociación Mundial Antidopaje (AMA) y el Comité Olímpico Italiano, contra la decisión de la magistrada que juzgó el caso en primera instancia.

Esta había ordenado la destrucción de las muestras para salvaguadar los derechos fundamentales de los deportistas a quienes pertenecían.

La Audiencia consideró que la entrega de las bolsas de sangre a los distintos organismos recurrentes, para su análisis y cotejo con sus propias bases de datos, es "proporcional en atención a que el fin perseguido es luchar contra el dopaje".

Los jueces del tribunal de apelación insistieron en que, de no entregarse las bolsas, se "genera el peligro que otros deportistas pueden verse tentados a doparse, y emite un negativo mensaje social respecto a que el fin justifica cualquier medio".

La Operación Puerto estalló el 23 de mayo de 2006 cuando Eufemiano Fuentes, exmédico de varios equipos ciclistas españoles, fue detenido junto a otras cuatro personas por la guardia civil.

Los registros efectuados entonces permitieron la incautación de más de 200 bolsas de sangre y plasma, que se mantienen almacenadas en un laboratorio de Barcelona, en el noreste del país.

La justicia también absolvió este martes a los dos únicos condenados en este caso, Fuentes, considerado el cabecilla de la red de dopaje sanguíneo, y el preparador físico Ignacio Labarta.

Fuentes había sido condenado en abril de 2013 a un año de cárcel por un "delito contra la salud pública", mientras que sobre Labarta pesaba una condena de cuatro meses de cárcel como "cómplice" del cabecilla.

El tribunal recordó que la sangre usada en las transfusiones por Fuentes no es un medicamento "y no constando acreditado que fuese tratada con medicamentos, su conducta no tiene encaje en el delito imputado" contra la salud pública.

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