El Supremo considera legales los controles de dopaje nocturnos a deportistas

  • El Supremo ha confirmado la legalidad del decreto del Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero que permitía posibles controles médicos contra el dopaje a deportistas profesionales entre las once de la noche y las seis de la mañana, en las horas destinadas al descanso nocturno del deportista.

Madrid, 5 jun.- El Supremo ha confirmado la legalidad del decreto del Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero que permitía posibles controles médicos contra el dopaje a deportistas profesionales entre las once de la noche y las seis de la mañana, en las horas destinadas al descanso nocturno del deportista.

La Asociación de Ciclistas Profesionales se opuso a la norma por esta previsión y también porque consideraba que el Gobierno la aprobó sin los trámites necesarios, aduciendo una urgencia que no estaba justificada y estando en funciones. El Supremo rechaza sus argumentos y confirma la validez del decreto.

El alto tribunal dice que la ley permite al Gobierno en funciones mantener su actividad sobre "el despacho ordinario de los asuntos públicos", sin que para ello se requieran situaciones de urgencia.

La asociación que se opone al decreto rechazaba, además, "la inclusión, entre las causas médicas que puedan justificar un control de salud a realizar entre las 23.00 y las 06.00 horas del día siguiente, de todas las relacionadas con el antidopaje".

En este punto, el Supremo responde que los controles contra el dopaje tienen dos motivos, el de mejorar la ética deportiva y evitar que se compita con ventaja y el de la protección de la salud.

Así, si el control médico busca prevenir un efecto contrario a la salud, si la causa médica para ese temor está debidamente justificada y si el riesgo es tan inminente que no cabe razonablemente esperar a que transcurra el tiempo de descanso del deportista, está justificado hacerlo, concluye el alto tribunal.

El Supremo se refiere también en su sentencia a que la medida ahora recurrida ya era contemplada por otro decreto, de 2009 y anulado por razones formales, que se aprobó con ocasión de la candidatura de Madrid a ser sede Olímpica.

En aquel momento existía la necesidad de dar satisfacción a las exigencias del Comité Olímpico Internacional y disipar cualquier duda que sobre la implicación de las autoridades deportivas españolas en la lucha contra el dopaje, recuerda.

Aunque la candidatura de Madrid decayera, añade el Supremo, es cierto que las exigencias de las autoridades deportivas internacionales siguen justificando la medida de controles nocturnos contra el dopaje de los deportistas.

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