El Supremo respalda la "diligencia" de la juez Alaya, denunciada por Lopera

  • El Tribunal Supremo ha confirmado el archivo de la queja que presentó Manuel Ruiz de Lopera, exmáximo accionista del Betis, contra la juez Mercedes Alaya, que le investiga por presunto delito societario en la gestión del club, y ha dicho que la magistrada actuó con "diligencia" y "dedicación".

Sevilla, 15 mar.- El Tribunal Supremo ha confirmado el archivo de la queja que presentó Manuel Ruiz de Lopera, exmáximo accionista del Betis, contra la juez Mercedes Alaya, que le investiga por presunto delito societario en la gestión del club, y ha dicho que la magistrada actuó con "diligencia" y "dedicación".

La sala séptima de lo Contencioso del Supremo, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, confirma el archivo de la denuncia realizada por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y recuerda que la causa contra Lopera acumula ya 22 tomos de actuaciones, en las que "el comportamiento procesal" del propio Lopera a la hora de recurrir muchas resoluciones de la juez "indudablemente ha influido en la duración del proceso, ralentizándolo".

Lopera denunció a la juez de instrucción 6 de Sevilla, Mercedes Alaya, por presunto mal funcionamiento por lo que consideraba demoras en la tramitación de sus recursos, en especial los que presentó contra el nombramiento de tres administradores judiciales para hacerse cargo de su paquete mayoritario de acciones.

Ahora, el Supremo dice que "es incontestable que todos los escritos presentados" a la magistrada, hasta un total de 155, "han incidido, en mayor o menor medida, en la carga de trabajo personal" de la propia juez y de su juzgado.

Además, al tratarse de un caso con "singularidad excepcional" y que, según el propio abogado de Lopera, le producían "graves consecuencias económicas y patrimoniales", la denuncia por retrasos supone "desconocer que todas y cada una de las resoluciones que se han ido adoptando han precisado de un examen y estudio previos que deben ser tenidos en cuenta".

Por todo ello, el ato tribunal dice que "no cabe imputar retraso o tardanza de la titular del juzgado de instrucción 6", sino que se ha acreditado su "dedicación en el cumplimiento de sus deberes" y sus decisiones se han ido sucediendo "diligentemente y dentro de un plazo razonable, atendida la complejidad y trascendencia del asunto".

Junto a ello, hay que añadir que el tiempo que tardó la juez en enviar los recursos de Lopera a la Audiencia provincial fue consecuencia de la petición hecha por el propio fiscal y algunas acusaciones particulares, que pidieron que se tramitaran de manera conjunta todos los recursos contra las medidas cautelares que en julio de 2010 retiraron a Lopera el control de sus acciones.

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