Una "tesitura difícil" para el juez, riesgo de descenso para el Deportivo

  • El juez del concurso de acreedores del Deportivo de La Coruña, Rafael García, se encuentra ante la "incómoda tesitura" que anticipó el pasado abril después de que ayer decidiera que los futbolistas solo tienen derecho a cobrar de forma inmediata la parte proporcional de sus contratos desde la entrada del club en concurso de acreedores.

La Coruña, 23 abr.- El juez del concurso de acreedores del Deportivo de La Coruña, Rafael García, se encuentra ante la "incómoda tesitura" que anticipó el pasado abril después de que ayer decidiera que los futbolistas solo tienen derecho a cobrar de forma inmediata la parte proporcional de sus contratos desde la entrada del club en concurso de acreedores.

Esa decisión sitúa al Deportivo en riesgo de sufrir un descenso administrativo, porque, aunque abone a los jugadores las cantidades que autoriza el juez, seguiría debiendo a sus futbolistas el dinero correspondiente a los primeros meses de competición y podría ser excluido de las competiciones oficiales.

Los jugadores reclamaban al juez que la prima de sus contratos, que es donde se concentra la práctica totalidad de sus emolumentos, fuera incluida como crédito contra la masa y, por tanto, no estuviera sujeta ni a quitas ni a espera, algo que sí sucede con las cantidades que se incluyen como crédito concursal.

La decisión del juez, que coincide con lo que habían dispuesto los administradores concursales del Deportivo, implica que la prima anual de los jugadores del Deportivo se devenga mensualmente desde julio de 2012 hasta junio de 2013 y, por tanto, hasta la entrada en concurso (enero) debe considerarse crédito concursal y, a partir de entonces, crédito contra la masa.

En definitiva, los administradores solo están autorizados por el juez a abonarles a los jugadores la parte proporcional de sus contratos de enero a junio.

Paralelamente, los futbolistas presentaron este mes ante el sindicato AFE (Asociación de Futbolistas Españoles) las correspondientes denuncias por impago y, si el club coruñés no llega a un acuerdo con ellos antes del día 31, correría el riesgo de descender administrativamente.

Ahí surge "la tesitura incómoda" que adelantó el juez en un auto de principios de abril ya que la Ley Concursal, en su disposición adicional segunda bis indica que "en los concursos de entidades deportivas que participen en competiciones oficiales, se aplicarán las especialidades que para las situaciones concursales prevea la legislación del deporte y sus normas de desarrollo".

En este sentido, el reglamento de la Real Federación Española de Fútbol, en su artículo 192, indica que "el incumplimiento de las obligaciones económicas con los futbolistas determinará" que la "sociedad que incurra en morosidad a 31 de julio quedará excluida de su adscripción" a la Liga de Fútbol Profesional (LFP).

La propia LFP, en un escrito al juzgado que lleva el concurso del Deportivo con fecha 7 de marzo, señalaba que la disposición adicional segunda bis establece la prevalencia de la normativa deportiva sobre la concursal.

Sin embargo, el juez sustituto del Mercantil número 2 de A Coruña consideraba en su auto de abril que "en momento alguno se establece esa prevalencia" y estimaba que "la Ley Concursal y la aplicación de la normativa reguladora de la participación en la competición no son mutuamente excluyentes, sino que se aplican de forma paralela".

"El juez del concurso está sujeto a la aplicación del ordenamiento jurídico y no puede dejar de aplicar la Ley Concursal a una entidad deportiva por el hecho de participar en una competición oficial", indicaba entonces Rafael García.

No obstante, reconocía el riesgo de descenso: "La actual configuración del ordenamiento jurídico puede tener como consecuencia que se cumpla la amenaza de la LFP" y el club sea "expulsado de las competiciones profesionales".

Y agregaba que ello era debido a que "el legislador ata de manos al juez del concurso (no le permite evitar dicha expulsión)", cuando señala que "la sujeción a la Ley Concursal no impedirá la aplicación de la normativa reguladora de la participación en la competición".

Concluía que "el juez del concurso se encuentra en estos casos en una tesitura incómoda pero inevitable" y reconocía que la ley no le permitía "paralizar una eventual expulsión" del Deportivo de las competiciones oficiales.

En otro auto de abril, pero en fecha posterior, el juez del concurso del Deportivo también se refería a la posibilidad de un descenso administrativo del equipo coruñés y señalaba que, en ese caso, se "estaría sancionando al club por no hacer lo que la Ley Concursal le prohíbe hacer: pagar créditos concursales en plena fase común del concurso".

Al considerar el juez que las cantidades devengadas entre junio de 2012 y enero de 2013 corresponden a créditos concursales y, en consecuencia, autorizar a los administradores a abonar únicamente las posteriores a la entrada en concurso, el Deportivo estaría en riesgo de sufrir un descenso administrativo.

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