EL DEFENSOR DEL PUEBLO PIDE LIMITAR LOS INTERESES "ABUSIVOS" DE LOS CRÉDITOS RÁPIDOS

El Defensor del Pueblo reclama que se limiten los intereses que cobran las entidades financieras y otras empresas por los créditos rápidos, ya que en numerosas ocasiones pueden resultar "abusivos".
Así consta en el Informe Anual 2016 de la institución hecho público este martes, en el que se apunta que en el año 2015 se inició una actuación de oficio sobre los tipos de interés nominales y moratorios que cobran algunos comercios, entidades financieras y bancarias por estos préstamos.
De esta manera, el Defensor del Pueblo propone que los intereses remuneratorios y moratorios deben quedar limitados a dos veces el interés legal del dinero.
La institución considera que la normativa vigente actual no evita que las entidades bancarias fijen en los contratos tipos de interés, remuneratorios y moratorios, "que pueden ser considerados abusivos, y que perjudican gravemente a los ciudadanos".
"Los ciudadanos que cumplen regularmente con sus obligaciones no tienen por qué cargar con las consecuencias del alto nivel de impagos, soportando un elevado tipo de interés remuneratorio y moratorio", sostiene el Defensor.
De esta manera, el Defensor responde a la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, para la cual los intereses remuneratorios han de ser superiores en el caso de préstamos personales en comparación con los préstamos con garantía hipotecaria, ya que la falta de garantías reales aumenta el riesgo de crédito del acreedor.
Por ello, el Defensor del Pueblo recuerda que la ley establece que, antes de que se celebre un contrato de crédito o préstamo, la entidad de crédito debe evaluar la capacidad del cliente para cumplir con las obligaciones derivadas del contrato.
Es decir, si del análisis de solvencia la entidad comprueba que el consumidor no va a tener capacidad para afrontar las obligaciones de pago de un préstamo, "la entidad tiene la obligación de abstenerse de celebrar el contrato".

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