Desestimada la demanda de Nueva Pescanova a la 'vieja' Pescanova por supuestas ventajas en la fusión

Desestimada la demanda de Nueva Pescanova a la 'vieja' Pescanova por supuestas ventajas en la fusión
Desestimada la demanda de Nueva Pescanova a la 'vieja' Pescanova por supuestas ventajas en la fusión
EUROPA PRESS
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Así lo ha señalado la 'vieja' Pescanova, que cuenta con el 20% de la multinacional pesquera, en un comunicado remitido a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), en el que considera que el Juzgado desestima así todas las "pretensiones principales" de Nueva Pescanova.

En concreto, en la demanda, presentada el pasado 4 de octubre, Nueva Pescanova se refería a ventajas como la obligación de prestar a la 'vieja' Pescanova el necesario apoyo administrativo, fiscal y legal para su correcto funcionamiento libre de costes durante un plazo de cuatro años a partir del 1 de diciembre de 2015, así como el derecho a disponer permanentemente de una oficina de al menos 60 metros cuadrados dentro del domicilio social libre también de costes.

A ello se sumaba, además, la retención "por razones de prudencia y de eficacia operativa" de 1,9 millones de euros como garantía para los acreedores concursales de Nueva Pescanova, que formalmente quedan en el balance de la 'vieja' Pescanova.

En el momento en que se presentó la demanda, la 'vieja' Pescanova aseguraba que el procedimiento formaba parte de una estrategia procesal que Nueva Pescanova había puesto en práctica en los meses anteriores con el propósito de enfrentar a las dos sociedades.

De hecho, meses antes, en mayo, Nueva Pescanova había presentado una primera demanda contra Pescanova con un contenido similar a la que se presentó posteriormente, aunque ejerciendo pretensiones distintas.

La primera demanda se presentó ante el Juzgado de Primera Instancia número 7 de Vigo, que estimó la cuestión declinatoria planteada por Pescanova, declarándose incompetente para conocer la misma.

La 'vieja' Pescanova, consideraba entonces que durante la reestructuración había actuado en todo momento conforme a los contenidos de los distintos convenios aprobados y, en especial, de las distintas operaciones de reestructuración societaria aprobadas en ejecución de los convenios concursales.

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