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Vivo de alquiler: ¿puedo reclamar daños en la vivienda si mi casero no lo hace?

El alquiler de una vivienda.
El alquiler de una vivienda.
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PREGUNTA

Vivo alquilada en un piso de una casa antigua, y el vecino de arriba ha tenido una rotura de una tubería y me ha inundado. No tiene seguro, así que pinta fatal la cosa. Para colmo es familia de mi casero, que no ha hecho nada para reclamar esos daños. ¿Puedo yo reclamar directamente?

Por supuesto. El fundamento de su derecho a que le indemnicen los daños y perjuicios que ha padecido es el art 1902 del CCivil, que regula los daños entre personas que no tienen una relación contractual entre sí.

El precepto dice: "El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado".

Es el perjudicado quien está legitimado para reclamar contra quien, por acción u omisión le causa un daño. Eso sí, usted podrá reclamar por los daños en sus pertenencias, no por los daños en el piso, ya que no es usted el dueño.

Si esos daños, no obstante, le suponen a usted como arrendataria molestias que no está obligada a soportar y el arrendador no hace lo posible por solventarlo, por las mismas podrá reclamar a su casero, que es quien ha de mantenerle en el uso pacífico de la vivienda.

La respuesta ha sido elaborada por el despacho de abogados Echeandia & Alevito: www.echeandia-alevito.com

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