Estos son los trámites necesarios para darse de alta como autónomo

Me he hecho autónomo: ¿cómo tengo que redactar un contrato?
Me he hecho autónomo: ¿cómo tengo que redactar un contrato?

Los trabajadores autónomos, al trabajar por cuenta propia, son los responsables de notificar su alta, baja o cualquier variación a los organismos correspondientes. Al principio, darse de alta y todos los trámites que ello conlleva puede parecer muy complicado, sin embargo no lo es. A continuación repasamos los pasos que hay que completar para darte de alta correctamente como autónomo.

En primer lugar es importante señalar que será imprescindible que el trabajador tenga asignado Número de Seguridad Social válido. Además, el alta como autónomo hay que notificarlo tanto a la Seguridad Social como a Hacienda, por tanto habrá que realizar dos trámites por separado.

Alta en la Seguridad Social

Por un lado, se notifica a la Seguridad Social a través del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), que debe realizarse en un plazo de 60 días antes de comenzar la actividad y a través de la sede electrónica de la Seguridad Social, obligatorio desde octubre de 2018.

Para acceder a la sede electrónica el solicitante deberá contar con el certificado digital, con un usuario y contraseña en la web o con una clave. Una vez completado el acceso se deberá completar la información que se solicita. Entre otras cuestiones, se definirán datos personales, la naturaleza de la actividad económica o la base de la cotización.

Además, al realizar este procedimiento, el contribuyente deberá seleccionar la entidad gestora o mutua con la que va a cubrir las contingencias por incapacidad temporal, accidente de trabajo y cese de actividad. Esta selección es obligatoria desde enero de 2019, además de la obligatoriedad de cotizar por contingencias profesionales, cese de actividad y formación profesional, ya que anteriormente los autónomos solo tenían que cotizar por contingencias comunes.

Alta en Hacienda

Junto al alta en la Seguridad Social, también habrá que notificarlo en Hacienda. Para ello se debe completar el modelo 036, o el 037 que es una declaración censal más sencilla para autónomos con ciertos requisitos. Al completar uno de estos dos modelos se completa el alta en el censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

El modelo 036 también se deberá presentar a través de la sede electrónica y solicitará datos personales, información acerca de la actividad que se va a realizar y el lugar y los impuestos que habrá que pagar por ello. Es importante saber que cada vez que haya un cambio en cualquiera de los datos que se soliciten deberá entregarse nuevamente el modelo, con las modificaciones pertinentes.

Uno de los impuestos que habrá que tributar por realizar una actividad económica es el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), a pesar de que normalmente no deberá pagar por él porque están exentos todos aquellos que no facturen más de un millón de euros anuales. Al realizar la declaración de la actividad se deberá seleccionar el epígrafe correspondiente.

Otros trámites

Los pasos señalados hasta ahora solo notifican la actividad económica de una persona física, pero si para ello se va a abrir un local necesitarás notificarlo a la Comunidad Autónoma correspondiente. Además, será necesario solicitar las licencias pertinentes según el tipo de actividad.

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