Hasta 2.166 afectados

Amazon recurrirá la sentencia por tener repartidores como falsos autónomos

La multinacional ha comunicado no estar de acuerdo con la resolución judicial y su intención de presentar un recurso.  Además, han asegurado no usar el sistema de Amazon Flex desde abril de 2021.

Amazon recurrirá la condena por tener a 2 mil 'riders' como falsos autónomos 18/1/2023
Amazon recurrirá la condena por tener a 2 mil 'riders' como falsos autónomos18/1/2023
UNO

La multinacional número uno en e-commerce, Amazon, recurrirá la sentencia del Juzgado de lo Social número 14 de Madrid que le condena por tener a 2.166 repartidores que operaban con el modelo llamado Amazon Flex como falsos autónomos. Estos repartidores se veían obligados a usar sus propios vehículos para realizar el servicio. 

Amazon ha comunicado a las fuentes que, aunque respetan la resolución judicial, "no estamos de acuerdo y vamos a presentar un recurso".  La compañía ha aprovechado para asegurar que están "comprometidos con la creación de oportunidades en las comunidades en las que operamos". 

"Entre 2018 y 2021, también colaboramos con algunos autónomos a través del programa Amazon Flex, que suponía un pequeño porcentaje de los paquetes entregados en España. Este programa no opera en el país desde abril de 2021", ha precisado el gigante del comercio electrónico.

Caso similar al de Glovo

En la sentencia conocida ayer se condenaba a la multinacional por emplear como falsos autónomos a los repartidores que "eran obligados a trabajar con sus propios vehículos para repartir paquetes utilizando una aplicación de la compañía que les indicaba la forma de trabajar".

El juzgado se sirvió así de la doctrina del Tribunal Supremo del 25 de septiembre de 2020, cuando determinó que los repartidores de Glovo tenían una relación laboral con la compañía, lo que supone un nuevo caso de utilización de falsos autónomos por parte de plataformas digitales.

En dicho fallo se descartaba que la empresa opere como mera intermediaria entre los comercios y repartidores y declara de forma tajante que "concurren los elementos de dependencia y ajenidad que determinan calificar las relaciones jurídicas analizadas (...) como relaciones laborales comunes".

Mostrar comentarios