España lleva 600.000 ejecuciones hipotecarias desde inicios de la crisis

    • Amnistía Internacional (AI) reclamó este martes que se paralicen todos los desahucios hipotecarios en España hasta que no se adopten garantías de protección.
    • España cuenta con uno de los porcentajes de vivienda social más bajos de la UE (1,1%), sólo superado por Grecia y lejos de otros como Holanda (32%).
Desalojados concejales de 'Por Cádiz sí se puede' en un desahucio en el que ha mediado el alcalde
Desalojados concejales de 'Por Cádiz sí se puede' en un desahucio en el que ha mediado el alcalde

España acumula casi 600.000 ejecuciones hipotecarias desde que se inició la crisis. Entre que comenzara la recesión en el año 2008 hasta junio de 2015, se han iniciado en España598.747 procesos de ejecución hipotecariasegún las estadísticas del Consejo General del Poder Judicial ofrecidas hoy en un informe emitido por Amnistía Internacional que afirma que la vivienda es un "derecho hipotecado" y que las medidas del Gobierno sólo han beneficiado a 31.500 familias.

Amnistía Internacional (AI) reclamó este martes que se paralicen todos los desahucios hipotecarios en España hasta que no se adopten garantías de protección, como la modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil para que los jueces analicen caso por caso la razonabilidad y la proporcionalidad de un desalojo, y un mecanismo obligatorio para supervisar las negociaciones entre las entidades financieras y las personas en el que las autoridades exijan a aquéllas que el desalojo sea la última alternativa.

Amnistía Internacional afirma que la vivienda es "un derecho hipotecado" en España, ya que, a pesar de las casi 600.000 ejecuciones hipotecarias iniciadas en España desde 2008, el Gobierno ha adoptado medidas insuficientes que no han protegido la vivienda como un derecho humano y cuyo alcance ha sido "muy restrictivo" porque ha beneficiado únicamente a 31.500 familias. Además, apunta que las autoridades han "invisibilizado" la gravedad de la situación al no ofrecer datos desagregados de cuántas personas se han visto afectadas por los desahucios.Poca vivienda social

Amnistía Internacional señala que, en un momento de crisis económica, cuando las personas necesitan de mayor protección, las autoridades han adoptado medidas regresivas injustificadas y contrarias al derecho internacional, como la reducción del gasto público en vivienda en más del 50% entre 2008 y 2015.La organización recuerda que, según el derecho internacional, las autoridades tienen la obligación de utilizar el máximo de recursos disponibles para garantizar el acceso al derecho a la vivienda de las personas.

Sin embargo, España cuenta con uno de los porcentajes de vivienda social más bajos de la UE (1,1%), sólo superado por Grecia y lejos de otros como Holanda (32%), Austria (23%), Reino Unido (18%) o Francia (17%). De hecho, Amnistía subraya que, en lugar de hace frente a esta alarmante cifra, las autoridades de dos de las comunidades autónomas donde existen más desalojos y viviendas vacías, como Cataluña y, sobre todo, la Comunidad de Madrid, han vendido vivienda social obviando así sus obligaciones en materia del acceso a la vivienda.

Además, indica que en un país con más de tres millones de viviendas vacías, lo que supone aproximadamente un 30% de las que hay en Europa, las autoridades catalanas y madrileñas, así como el Gobierno español, no han intensificado su uso, tal y como recomendaba ya en 2008 el Relator Especial de Naciones Unidas sobre el derecho a una vivienda adecuada.

Asimismo, Amnistía Internacional recalca que la Sareb (conocida como "banco malo", es una sociedad anónima de gestión de activos transferidos por las entidades bancarias nacionalizadas y en proceso de reestructuración) tiene en su propiedad 80.000 viviendas, de manera que el Gobierno debería modificar su mandato y promover así el uso de esas viviendas para asegurar el acceso al mayor número de personas.Testimonios de los afectados

El informe recoge el testimonio de dos mujeres afectadas por los desalojos hipotecarios. Una de ellas es Ainhoa Lafuente, que describe cómo, a la hora de firmar su contrato, no contó con toda la información necesaria para saber que sus padres también ponían riesgo su propia casa como avalistas. En 2013 dejó de pagar la cuota hipotecaria y, con una hija a su cargo y tan sólo una ayuda por desempleo de 337 euros, decidió regresar al hogar de sus padres, en Barcelona. "Ni siquiera le puedo ofrecer a mi hija un techo y cuatro paredes, y tiene tres añitos, es muy injusto", relata.

Este proceso ha afectado a toda la familia en cuestiones de salud, ya que su padre ha tenido varios infartos y su madre ha sufrido un cáncer. Ainhoa Lafuente todavía está en negociaciones con el banco y cuenta: "Yo tengo tiempo, pero mis padres no".

Por su parte, Maritza Saavedra vino de Ecuador en 2001. Tanto ella como su marido trabajaban, así que decidieron comprar un piso en 2007. Sin embargo, al quedarse ambos sin empleo, vieron que no podían seguir pagando la hipoteca y les llegó una orden de desalojo. "Decidimos salir de la casa antes de que se cumpliera la fecha para ahorrarle a mi hija ese momento. No nos llevamos más que la ropa", explica Maritza Saavedra. Finalmente, una vecina les cedió una vivienda, por la que ahora pagan un pequeño alquiler. "Por lo menos estoy aquí tranquila con mi esposo y mis hijos, pero siempre tengo el pensamiento de que hemos hecho un esfuerzo para nada porque lo hemos perdido todo realmente", apostilla.Diferencias entre ejecución hipotecaria, lanzamiento y desahucio

Unaejecución hipotecariase produce cuando al caer el impago de entre tres y seis cuotas de hipoteca, el banco inicia un proceso con el que reclama el monto total del crédito a un interés que suele rondar el 20%. En caso de que el propietario ni sus avalistas no pudieranpagar el montante exigidoel inmueblecae en subasta.

En este caso la ejecuciónes la orden y notificación a sus propietariosque deben de abonar la cantidad que deben. El lanzamiento vendría después de la ejecución hipotecaria con un plazo de unos meses y se refiere al acto mediante el cual se despoja a una persona de la posesión material de un bien inmueble, en ejecución de una resolución dictada por la autoridad gubernativa o judicial.En este caso se expulsa de la vivienda a sus propietarios al no poder hacer frente a la deuda contraída en los plazos estipulados. Si el propietario o el avalista hace frente al pago se llamadacción en pagoy separalizaría la ejecución hipotecariay, por consiguiente, el lanzamiento.

Según la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social existen unosrequisitos para que se pueda suspender el lanzamiento:

1) Que exista un proceso judicial o extrajudicial de ejecución hipotecaria.

2) Que afecte a una vivienda habitual.

3) Que las personas afectadasformen parte de colectivos especialmente vulnerables.

4) Que estas personas se encuentren en circunstancias especiales económicas.


Mostrar comentarios