(ampliación) el ere en telemadrid, “improcedente”


El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) hizo pública hoy una sentencia por la que declara "no ajustado a Derecho” el despido de 925 profesionales de Telemadrid previsto en el ERE del ente público acordado por el Gobierno autonómico.

El tribunal ha atendido parcialmente la demanda contra el ERE presentada por los sindicatos UGT, CCOO y CGT, ya que desbarata los argumentos económicos de la dirección de Telemadrid para justificar el ERE, pero ha decretado improcedentes los despidos, y no nulos como defendìan los representantes de los trabajadores. De este modo, Telemadrid no se ve obligada a la readmisión de los despedidos, sino a aumentar las indemnizaciones a 45 días por un año trabajado. El presidente madrileño, Ignacio González, dijo que su Gobierno cerraría Telemadrid si el tribunal declaraba nulos los despidos, algo que no ha sucedido.
La sentencia sostiene que la bajada de la asignación presupuestaria del Ejecutivo autonómico a Telemadrid “no es suficiente para acreditar” un despido masivo como el que se determinó en la corporación.
“Resulta evidente que una situación económica negativa, cualquiera y por sí misma no basta para justificar los despidos de 925 trabajadores de una plantilla total de 1.161. Es necesario acreditar algo más, que esa situación, que no es nueva, actúe sobre la plantilla de la empresa creando la necesidad de reducir los números de puestos de trabajo propuestos o provocando un cese total de la actividad, y que las medidas extintivas respondan a esa necesidad”, subraya la sentencia.
A juicio de los magistrados, “el número de despedidos y la afectación de la medida es tan extenso que afecta mayoritariamente al sector de los contratos sometidos al convenio colectivo, dejando fuera, con la nueva estructura propuesta, prácticamente los contratos de alto valor en el gasto de personal”.
“Desde esta premisa, puede llegarse a la conclusión de que el recurso al despido masivo no está justificado porque la causa no está bien ponderada y el resultado no es razonable a la causa económica alegada”, señala el pronunciamiento del TSJM.
El tribunal cree que la alegación realizada por los sindicatos en el sentido de que en realidad no existe una insuficiencia presupuestaria sobrevenida, sino una insuficiencia presupuestaria estructural que se ha venido cubriendo con aportaciones extraordinarias, “resulta plenamente acreditada”.

Mostrar comentarios