(ampliación) el gobierno podrá intervenir a las autonomías a partir de septiembre, pero cree que ninguna llegará a ese extremo


El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, defendió este lunes que tiene “valor y capacidad técnica” para tomar medidas, entre ellas, la intervención, para que las comunidades autónomas cumplan con el objetivo de reducción del déficit público.
Así, se estima que en el peor de los casos de incumplimiento de las directrices marcadas y teniendo en cuenta los plazos máximos, las primeras intervenciones podrían producirse en septiembre, en virtud de la Ley de Estabilidad Presupuestaria que entra en vigor mañana, martes, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Pese a ello, fuentes de Hacienda mostraron su “convicción” de que ninguna comunidad va a tener que ser intervenida, ya que quedaría en “entredicho” su gestión.
En este sentido, desde el departamento de Cristóbal Montoro subrayaron que ninguna comunidad ha trasladado al Ministerio su intención de que se produzca una intervención voluntaria y añadieron que se ha trabajado con ellas, con mayor o menor intensidad, en sus planes de equilibrio financiero.
El plazo para la presentación de estos planes finaliza este lunes, y Hacienda tiene hasta un máximo de 15 días para su análisis. Luego, serán estudiados y, en su caso, aprobados en el próximo Consejo de Política Fiscal y Financiera, previsto para la primera quincena de mayo.
Según Hacienda, no habrá sorpresas si la información de los documentos que las comunidades presentan es “fiel” y “se atiene” a la que se ha estado trabajando “y a las recomendaciones que se han hecho” desde la administración central, aunque no garantizaron que no vaya a haber algún suspenso.
CALENDARIO
En caso de falta de presentación, de falta de aprobación o de incumplimiento del plan económico-financiero o del plan de reequilibrio, la Administración Pública responsable deberá aprobar en el plazo de 15 días desde que se produzca el incumplimiento la no disponibilidad de créditos que garantice el cumplimiento del objetivo establecido.
Además, tendrán que constituir un depósito con intereses en el Banco de España equivalente al 0,2% de su PIB nominal. El depósito será cancelado en el momento en que se apliquen las medidas que garanticen el cumplimiento de los objetivos.
Si en el plazo de tres meses desde la constitución del depósito no se hubiera presentado o aprobado el plan, o no se hubieran aplicado las medidas, el depósito no devengará intereses. Si transcurrido un nuevo plazo de tres meses persistiera el incumplimiento podrá acordar que el depósito se convertirá en multa coercitiva.
En el caso de no adaptarse las medidas previstas anteriormente o en caso de resultar estas insuficientes el Gobierno podrá acordar el envío, bajo la dirección del Ministerio de Hacienda, de una comisión de expertos para valorar la situación económico-presupuestaria de la administración afectada.
En todo caso, Hacienda indicó que si la comunidad no hace el depósito en el Banco de España, este plazo se reduce en meses. Así, teniendo en cuenta el calendario de este año, las primeras intervenciones de una comunidad podrían producirse a partir del mes de septiembre.
Por otra parte, desde el Ministerio indicaron que el hecho de que las comunidades sean intervenidas y tengan que ejecutar medidas de manera forzosa para cumplir con la reducción del déficit, eso no supone la disolución de la autonomía.
En el caso de una administración local que llegue al extremo de adoptar medidas de ejecución forzosa, sí supondrá la disolución de la corporación local.
Desde el Ejecutivo destacaron que se está dando apoyo financiero a todas las administraciones que lo han solicitado, y recordaron los mecanismos adicionales de financiación.
Entre ellas, recordaron la línea ICO vencimiento para las comunidades autónomas, el plan de pago a proveedores, los anticipos de la liquidación del sistema de financiación 2010 y la ampliación del plazo de las devoluciones del sistema de financiación 2008 y 2009.

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