Las dos sanciones están tipificadas como muy graves en la Ley de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía, al afectar a un gran número de usuarios y haberse cometido de forma voluntaria y continuada como práctica habitual.
La Dirección General de Consumo inició la investigación de los hechos en agosto de 2008, tras una denuncia presentada por Facua-Consumidores en Acción, que alertaba de que la compañía comenzó a cobrar el servicio de identificación de llamadas, que anteriormente ofrecía gratuitamente y cuya activación era automática con la línea contratada.
Según la Junta de Andalucía, este servicio no sólo no había sido contratado libremente por los usuarios sino que Telefónica no cumplió con los deberes de información previa del precio, incluidos todos los impuestos, de acuerdo con lo que establece la Ley de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios.
De este modo, la empresa cobró indebidamente esta prestación a más de 400.000 abonados andaluces.
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