¿Con cuánta antelación debe avisarme el casero si va a subir el precio del alquiler?

Casero e inquilino deben cumplir con sus obligaciones tributarias derivadas del alquiler
Casero e inquilino deben cumplir con sus obligaciones tributarias derivadas del alquiler
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El Real Decreto de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, que entró en vigor el pasado mes de marzo, se aprobó con el objetivo de dar una mayor protección al arrendatario ante el incremento de la demanda en el mercado y su consiguiente subida de los precios. Una de las cuestiones que reguló esta última modificación es la actualización de la renta durante la vigencia del contrato, que se podrá incrementar solo previo acuerdo entre las partes y con una notificación un mes antes.

En concreto, la subida de la renta del alquiler solo se producirá si arrendador y arrendatario lo pactasen y, en ese caso, antes de exigir la nueva renta ya actualizada, el propietario de la vivienda deberá notificar por escrito y con un mes de antelación el porcentaje de alteración de la renta que se va aplicar.

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Inclusión en el INE

Además, para que el incremento sea exigible dado que actualmente la normativa no permite incrementar más allá del IPC , si el inquilino lo solicita, el arrendador deberá incluir en la notificación la oportuna certificación del Instituto Nacional de Estadística. Esta notificación podrá efectuarse por nota en el recibo del mes anterior a la subida del alquiler.

El artículo 18 de la Ley de Arrendamientos Urbanos regula esta cuestión y especifica que “la renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes siguiente a aquel en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado y acompañando, si el arrendatario lo exigiera, la oportuna certificación del Instituto Nacional de Estadística”.

La última modificación de esta normativa entró en vigor en marzo y solo afecta a los contratos firmados a partir de ese mes. Sin embargo, las modificaciones anteriores, que regulan los contrato firmados en años anteriores, también incluían la exigencia de avisar con un mes de antelación para poder exigir el incremento de la renta del alquiler mientras esté en vigencia el contrato.

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