Unos 18 euros de media

Así subirá la pensión de viudedad en 2022: los requisitos para solicitarla

El dato del IPC era el que faltaba para calcular la revalorización de las prestaciones, debido a la nueva fórmula de la reforma de las pensiones. 

Una calculadora y euros.
Una calculadora y euros.
Imagen de Racool_studio.

Durante el día de ayer, el Instituto Nacional de Estadística (INE) publicó el dato interanual de noviembre del índice de precios de consumo (IPC), que registraba una subida del 5,5%, después del incremento del 0,3% en relación con el mes anterior. Los datos suponían no solo encadenar su undécima tasa positiva consecutiva, sino también la cifra más elevada desde septiembre de 1992. 

El de este miércoles era una fecha marcada en rojo en el calendario, sobre todo, en materia de pensiones, porque el dato del IPC era el que faltaba para poder calcular cuánto subirán las prestaciones contributivas en 2022. Recordemos que esto es así porque la reforma de pensiones trae consigo el nuevo mecanismo de revalorización de las pensiones en el que se tiene en cuenta el IPC interanual promedio de doce meses (de diciembre del año anterior a noviembre del ejercicio en vigor). 

Esta tasa del 5,5% sirve para calcular que las pensiones subirán en torno al 2,5% en 2022; mientras que las mínimas y las no contributivas aumentarán un 3%, según se fijó en el Proyecto de los Presupuestos Generales del Estado. 

Así las cosas, la pensión de viudedad se incrementará en torno a los 18 euros mensuales en 2022. Es decir, pasará de una media de 734 euros a los 752,35 euros, según el nuevo cálculo. 

Requisitos de la pensión de viudedad

Cuando hablamos de la pensión de viudedad nos referimos a la prestación clave para salvaguardar la situación financiera de la unidad familiar en caso del fallecimiento del principal o del único miembro generador de rentas. En la actualidad, 2.350.000 de personas cobran la pensión de viudedad en España, al cumplir los requisitos estipulados por la Seguridad Social.

La peculiaridad de estos condicionantes es que tanto el fallecido como el beneficiario tienen que cumplir ciertas disposiciones. Por un lado, el fallecido, también conocido como causante, tiene que estar integrado en el Régimen General de la Seguridad Social, ser afiliado y estar en alta o en situación asimilada al alta. Asimismo, deberá tener un periodo mínimo de cotización en función de la causa del fallecimiento:

  • Enfermedad común: deberá haber cotizado 500 días en un periodo ininterrumpido dentro de los cinco años anteriores a la muerte o la fecha en que cesó la obligación de cotizar.
  • Accidente, sea o no de trabajo, o enfermedad profesional: no se exige periodo previo de cotización.
  • Auxilio por defunción: no se exige periodo previo de cotización.

Además, las personas que en el momento de fallecer no se encontrasen en alta o en situación asimilada al alta, darán derecho a una pensión de viudedad a su cónyuge si cotizaron un mínimo de 15 años. También generan derecho a pensión de viudedad los pensionistas de jubilación contributiva y los pensionistas de incapacidad permanente.

Por otro lado, los beneficiarios deben acreditar los siguientes requisitos para cobrar la pensión:

  • Cónyuge superviviente: deberá acreditar que existen hijos comunes y que el matrimonio se celebró al menos con un año de antelación al deceso.
  • Separados judicialmente o divorciados: accederán a la pensión siempre que cobrasen una pensión compensatoria del fallecido y no hayan contraído matrimonio de nuevo o constituido una pareja de hecho.

Cómo se calcula la pensión de viudedad

El cálculo de la pensión de viudedad depende de la base reguladora del trabajador o pensionista fallecido. El porcentaje aplicado a la base reguladora oscila entre el 52% y el 70%, y depende de los requisitos ya mencionados, así como del tipo de fallecimiento.

Si la muerte es por enfermedad común, según explica 'Jubilación de Futuro', la base se calcula mediante la división entre 28 de la suma de las bases de cotización de contingencias comunes del interesado teniendo en cuenta un periodo ininterrumpido de 24 meses. El beneficiario tiene la opción de elegir las bases en un periodo comprendido entre los 15 años anteriores a la muerte.

Por otro lado, si la muerte es producto de un accidente laboral o enfermedad profesional, la base se determina en función de los sueldos reales percibidos en cómputo anual. Se incluyen en el cálculo las horas extras. La cuantía total se divide entre 12 para saber cuánto se cobrará de pensión de viudedad mensualmente.

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