Alternativas disponibles

Ayudas de 451 euros si no tienes acceso al subsidio para mayores de 52 años

Los usuarios pueden acceder a multitud de prestaciones sociales en el SEPE y es posible cobrarlas incluso cuando no han aceptado otras solicitudes previas.

Billetes de euro.
Billetes de euro.
Imagen de Freepik.

Con todavía 3.257.069 parados inscritos en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), son muchos los ciudadanos que deben solicitar ayudas sociales en las administraciones públicas. Además, según la última Encuesta de Población Activa (EPA), más de 553.000 trabajadores en paro a lo largo de este primer trimestre de 2021 eran mayores de 55 años, un porcentaje que ronda el 16% de todos los desempleados y en el que las mujeres son protagonistas. Este sector de la población tiene un gran reto por delante ante la falta de oportunidades laborales debido a la edad, un problema discriminatorio que ya se conoce como 'edadismo' y que podría afectar al futuro de las pensiones.

Los parados de larga duración con más de 52 años tienen acceso a una ayuda especial de 451 euros con la que paliar la situación. Pero no es la única. Aquellos a quienes les haya sido denegada o no cumplan con los requisitos marcados, cuentan con multitud de subsidios alternativos que les pueden proporcionar un ingreso extra mientras participan en programas de recualificación o buscan un nuevo empleo donde desarrollarse profesionalmente. Veamos en detalle cada una de las opciones disponibles en el SEPE.

Ingreso mínimo vital

Esta ayuda extraordinaria se creó en junio de 2020 para que las familias pudieran hacer frente a los problemas económicos derivados de la pandemia de Covid-19. Se trata de una prestación variable en función de las unidades de convivencia, rentas y patrimonio. Además, el proyecto de los Presupuestos Generales del Estado (PGE), incluye un incremento del 3% en el ingreso mínimo vital (IMV) a partir del próximo 2022. Asimismo, el subsidio para mayores de 52 también puede cobrarse de forma complementaria junto al IMV, aunque hay que tener en cuenta ciertos requisitos.

Subsidio extraordinario de desempleo

Se trata de una prestación de 451,92 euros al mes destinada a los parados de larga duración o a quienes hayan agotado otros subsidios contributivos o asistenciales. Además, tampoco deben tener la edad legal de jubilación ni superar las rentas mensuales del 75% del salario mínimo interprofesional. También se tendrán en cuenta las responsabilidades familiares asociadas. Por otro lado, es importante recalcar que esta prestación no se puede cobrar con anterioridad, ya que es solo se aprueba una vez.

Renta activa de inserción (RAI)

Esta ayuda del SEPE está dirigida a personas en situación de desempleo que por distintas razones no tienen acceso a la prestación contributiva o al ya mencionado subsidio por desempleo. Al igual que con el extraordinario, es necesario que los ingresos mensuales no superen en un 75% el SMI. Además, es imprescindible acreditar al menos tres acciones de que la persona se encuentra en búsqueda activa de empleo (BAE).

Ayuda familiar

Las mujeres en paro con cargas familiares pueden complementar otros subsidios con esta ayuda. Tiene una duración de seis meses, aunque pueden prorrogarse por semestres. La cuantía mensual es igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples. También existe un subsidio por insuficiencia de cotización, que pueden cobrarlo quienes no hayan llegado a 360 días cotizados. La duración es proporcional a los meses cotizados o responsabilidades familiares y la cuantía es igual al 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM).

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