Nueva medida

Qué es la 'ayuda por bajos ingresos' para autónomos: requisitos para solicitarla

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado esta semana el Decreto-Ley que regula las condiciones de la prórroga de los ERTE y que, además, incluye nuevas medidas para los trabajadores por cuenta propia.

Una calculadora y euros.
Una calculadora y euros.
Imagen de Racool_studio.

Tras llegar a un acuerdo in extremis, el Gobierno (además de la prórroga de los ERTE) extendió las ayudas a los autónomos con importantes novedades. Tras ser aprobado en el Consejo de Ministros del pasado 29 de septiembre, el Decreto-Ley fue publicado en el Boletín Oficial del Estado  (BOE), por lo que las medidas entraron en vigor este mismo 1 de octubre. 

Estas nuevas ayudas estarán vigentes hasta el próximo 31 de enero de 2021. Se han prorrogado de forma automática dos medidas que ya estaban activas durante los meses de verano: la prestación por cese de actividad ordinaria, para los trabajadores que no recuperasen sus ingreso o que, incluso, vieran empeorar su situación en el cuarto trimestre. Podrán acceder a ésta, los que ya la estaban cobrando, así como aquellos que la dejaron de recibir. 

Por otro lado, también se prorrogan las ayudas a autónomos de temporada, con una pequeña modificación: para cumplir los requisitos de esta prestación, se tenía que haber trabajado al menos cuatro meses al año en los dos últimos años entre marzo y octubre; ahora es entre junio y diciembre. 

Ayuda por bajos ingresos 

Para extender aún más las prestaciones a los autónomos, una de las novedades de este nuevo Decreto-Ley es la ayuda por bajos ingresos. Está destinada a aquellos trabajadores por cuenta propia que no cumpliesen las condiciones para acceder a las ayudas anteriores, como por ejemplo tener cotizados los últimos doce meses o tener una tarifa plana. 

Requisitos de esta ayuda

Para acceder a esta prestación, los ingresos del trabajador no deben superar el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), fijado en 950 euros durante el último trimestre del año. 

Además, también tendrán que demostrar que sus ingresos han bajado un 50% en este cuarto trimestre, con respecto a los tres primeros meses del año. 

De cuánto es la ayuda 

La cuantía será del 50% de la base mínima de cotización 

¿Qué pasa con las cuotas?

Por último, aquellos que reciban la ayuda por bajos ingresos estarán exonerados de abonar las cuotas y también se les contabilizará como periodo cotizado.

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