La entidad debe avisar

Banco de España: motivos por los que te pueden bloquear la cuenta bancaria

La entidad podrá efectuar el bloqueo de cuentas, siempre y cuando se lo comunique previamente al cliente.

Los herederos deben ponerse en contacto con el banco para notificar el fallecimiento del titular.
Banco de España: motivos por los que te pueden bloquear la cuenta bancaria
©[kumikomini de Getty Images Signature] a través de Canva.com.

Aunque pueda parecer lo contrario, el bloqueo de las cuentas bancarias suele resultar algo extraordinario y poco usual. Primero, porque las razones para hacerlo deben de ser de peso; segundo, porque la entidad precisará necesariamente de una autorización judicial, la conformidad de todos los titulares o la concurrencia de una causa debidamente justificada. Son circunstancias que, en todo caso, deberán ser acreditadas y advertidas a su titular. 

Así lo detalla el Banco de España, que explica los tres supuestos por los que nuestra entidad podría llegar a bloquearnos nuestras cuentas bancarias. Por ejemplo, un caso es "la falta de entrega de la documentación identificativa requerida". En este sentido, el organismo que preside Pablo Hernández de Cos dice que el banco "dentro de su discrecional política comercial y de acuerdo con el principio de libertad que rige nuestro Derecho, puede aceptar entablar relaciones comerciales con quienes se interesan por ello, en función de la documentación y de la información que sobre aquellos recabe a partir de las exigencias establecidas por el marco normativo y de sus normas de funcionamiento interno".

Eso sí, desde el Banco de España detallan que, una vez establecida la relación comercial, ante la falta de entrega de la documentación pertinente, la entidad podrá efectuar el bloqueo de cuentas, siempre y cuando se lo comunique previamente al cliente. "La normativa de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo exige a los bancos solicitar la documentación que considere necesaria para identificación y seguimiento del titular de la cuenta y de sus operaciones, por lo que si el titular no atiende la petición, el bloqueo de la cuenta se considera justificado". 

Otro motivo puede ser el de existir discrepancias entre los cotitulares que hagan inviable la continuidad de su operativa. Si los titulares de una cuenta (o sus herederos) dan al banco instrucciones contradictorias, el banco debe adoptar una postura neutral, sin favorecer a ninguno de ellos. En caso de que resulte indispensable, podría bloquear la cuenta avisando de su decisión a todos los titulares, hasta que se produzca un acuerdo entre ellos o una decisión judicial.

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