El BdE pasa revista a la banca para marcar el terreno de su nuevo control de riesgos

  • Hernández de Cos quiere que el sector tenga claras las condiciones en las que el supervisor aplicará sus nuevos poderes de control macroprudencial.
El gobernador del Banco de España, Pablo Hernández de Cos / BdE
El gobernador del Banco de España, Pablo Hernández de Cos / BdE

Seis meses después de recibir del Ministerio de Economía un abanico de nuevos poderes para controlar los potenciales excesos en la asunción de riesgos en que pudieran incurrir las entidades bancarias españolas, el Banco de España encara ya la última fase del laborioso proceso de definición de la Circular que regulará la aplicación de las nuevas herramientas de control macroprudencial que el equipo de Nadia Calviño ha decidido poner en manos del supervisor español del sector bancario.

Fuentes conocedoras de los trabajos que el Banco de España ha desarrollado en los últimos meses para elaborar esta Circular -no sin ciertos problemas administrativos- confirman que el texto base de la misma ya está perfilado y que en los próximos días se abrirá el proceso de consulta pública para que todos los interesados, principalmente las entidades financieras, puedan plantear las aportaciones que consideren oportunas a un texto de singular relevancia para su operativa, especialmente en momentos de especial tensión.

Hay que recordar que esta Circular regulará las situaciones en que el Banco de España podrá actuar de forma unilateral sobre la política de concesión de préstamos de las entidades porque entienda que engendra riesgos para la estabilidad financiera de una entidad concreta o la del propio sistema en su conjunto, y también de qué forma se modulará esta actuación. Las fuentes consultadas subrayan que el gobernador del Banco de España, Pablo Hernández de Cos, está especialmente ocupado en definir una hoja de ruta que dé la mayor certidumbre a las entidades sobre las condiciones objetivas que desencadenarán la actuación del supervisor y también sobre la naturaleza de las acciones que éste llevará a cabo en función de cada situación. Se trata, recalcan estas mismas fuentes, de dejar el menor espacio posible a la discrecionalidad.

Todo ello dentro del mandato que el Ministerio de Economía dejó bien sentado en el Real Decreto Ley del pasado 14 de diciembre para dotar de nuevos poderes a la CNMV, la Dirección General de Seguros y el Banco de España para el control de las entidades bajo su supervisión. "Resulta necesario y urgente atribuir al Banco de España la capacidad para limitar la asunción de riesgos a nivel sectorial (en el sector financiero, se entiende), restringiendo la exposición a un sector determinado en el que se concentran los riesgos", justificaba el Ministerio en su día para subrayar la urgente necesidad del cambio legal.

Protocolo para 'situaciones de riesgo'

Desde principios de año, un equipo de técnicos del Banco de España ha estado trabajando en 'aterrizar' los nuevos superpoderes de control macroprudencial de los que ha sido investido. La norma redactada por Economía refuerza las competencias del supervisor y le reconoce autoridad para fijar los parámetros de mercado que los anglosajones denominan 'borrowing base' cuando vea que el mercado se desliza hacia posiciones inquietantes.

A día de hoy, la única herramienta de la que dispone el Banco de España para contener los excesos de la banca es el denominado 'colchón de capital antíciclico' en virtud del cual puede forzar al sector a constituir una reserva de capital de un volumen determinado para protegerse ante futuras giros del ciclo cuando el peso del crédito bancario sobre el PIB total supere un determinado umbral. 

El nuevo marco de control impusado por Nadia Calviño habilita al Banco de España, por ejemplo, a incrementar los requerimientos de capital sobre una cartera de exposiciones específica, se refiera a un sector o a un producto específico, y a poder exigirlo a entidades concretas no al sector en su conjunto. También para establecer límites y condiciones específicos a la concesión de préstamos, adquisición de valores de renta fija u operativas con derivados financieros. Ahí entra, por ejemplo, la posibilidad de establecer -no sólo recomendar como ocurre en la actualidad- el porcentaje del valor de un activo que se puede financiar con un crédito -el llamado 'loan to value'- y el volumen de endeudamiento máximo sobre sus ingresos que una entidad puede asumir para conceder un préstamo.

El asunto está lejos de ser una cuestión menor. El 'loan to value' -el porcentaje financiado sobre el valor total de, por ejemplo, un inmueble- se hizo tristemente célebre durante la crisis cuando se detectó el incumplimiento sistemático por parte de la banca de la recomendación del Banco de España de no otorgar préstamos por una cuantía superior al 80% del valor del activo. La fuerte competencia en el mercado hipotecario hizo que las entidades no solo superaran ese umbral sino que ofrecieran financiación muy por encima del 100% del valor del activo con las consecuencias ya conocidas para el sector, para cientos de miles de economías familiares y para la economía española.

La Circular del Banco de España desarrollará ese nuevo protocolo de actuación para situaciones de riesgo en el sector bancario. Las fuentes consultadas avanzan que el supervisor ya tiene asentadas las líneas maestras de la circular y que espera que el periodo de consulta pública sirva para realizar el ajuste fino que necesita la norma en algunos de sus aspectos más complejos y controvertidos, como la coordinación entre el colchón de capital anticíclico sectorial y los colchones que se puedan exigir sobre determinados ámbitos o entidades concretas en función de la situación o el cálculo del 'loan to value' en los préstamos a empresas.

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