Hipoteca o préstamo personal, entre otros

Qué pasa si el banco vende mi deuda a un fondo buitre y qué derechos tengo

Deuda española
Deuda española
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Al solicitar dinero prestado, ya sea para una vivienda a través de una hipoteca o para consumo con préstamos personales, entre otros, el deudor elige la entidad con la que quiere endeudarse así como las condiciones y precio de la deuda que va a asumir. Sin embargo, la entidad acreedora, el banco, puede vender esa deuda a otra entidad sin necesidad de contar con el consentimiento del deudor.

En la actualidad muchas entidades cuentan con los denominados activos tóxicos, deudas con alta probabilidad de impago, que deciden venderlos a un menor precio a otras entidades, llamadas fondos buitres. Esta operación pueden realizarla sin el consentimiento y sin notificarlo al deudor, quien pasa ahora a deber dinero a una empresa que no conoce y que en muchas ocasiones está radicada en otro país. ¿Qué ocurre en esa situación? ¿Cuáles son los derechos del deudor?

En primer lugar hay que especificar que en la cesión de créditos se pueden distinguir tres partes que desempeñan una función diferente. El deudor, que se mantiene inamovible y no es parte del negocio, representa el derecho cedido. Frente a él, el acreedor inicial, que cede la titularidad de los derechos de cobro, es el cedente, y el nuevo acreedor es el cesionario.

Condiciones

Pese a que la cesión del crédito no necesita el consentimiento, ni obliga a notificárselo a la persona que mantiene la deuda, en muchas ocasiones los bancos optan por emitir una carta en la que se informa de la nueva situación y se indica la nueva documentación. Esta información debe leerse detenidamente y guardarla para saber a quién dirigirse en caso de tener incidencias.

En cualquier caso, es importante saber que las condiciones pactadas para la deuda, plazos, tipo de interés, cuota..., no podrán ser modificadas. Todas las cláusulas del contrato firmado se mantienen vigentes y deberán ser respetadas por el nuevo acreedor. En ese sentido, los derechos del deudor se mantienen inamovibles y únicamente habrá que preocupares por la protección de los datos personales. La entidad cedente mantiene su obligación de cumplir "la normativa de transparencia y protección de la clientela y de las buenas prácticas y usos bancarios".

No obstante, el principal riesgo para los clientes ante esta situación se produce cuando hay dificultades para el pago y se pretende renegociar la deuda. En ese caso, habrá que consultarlo con el nuevo acreedor, que puede exigir condiciones más duras y mostrar una posición más intransigente en función de sus intereses. 

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