Según Tessi Iberia

Los bancos recibirán más de 500.000 peticiones para la moratoria de hipotecas

Una hipoteca.
Los bancos recibirán más de 500.000 peticiones para la moratoria de hipotecas
Imagen de Alexandr Podvalny en Pixabay

La consultora y empresa de servicios Tessi Iberia estima que las entidades financieras recibirán más de 500.000 solicitudes para la moratoria del pago de hipotecas contemplada en el Real Decreto por el estado de alarma con motivo del Covid-19. En España existen en la actualidad 5 millones de hipotecas vivas por un importe de 500.000 millones de euros.

Tessi Iberia considera que los requisitos para tener derecho a la moratoria son exigentes por lo que, a pesar de la avalancha de solicitudes, sólo se admitirán alrededor de un 15% del total. No obstante, dado el nivel de exigencia en cuanto al cumplimiento de requisitos según el RD, las entidades financieras en paralelo han puesto en marcha otro tipo de moratorias hipotecarias para las que se exigen menos requisitos. Incluso algunas entidades han extendido las moratorias a los préstamos personales o de consumo.

Para hacer frente a este repunte del trabajo en el sector financiero Tessi Iberia ha puesto en marcha un plan de contingencia que permitirá a las entidades financieras gestionar este incremento del ritmo de trabajo como consecuencia de la regulación de la moratoria en el pago de las cuotas.

El plan está orientado a verificar los criterios de vulnerabilidad del solicitante que son imprescindibles para tener derecho a la ayuda. Al mismo tiempo se revisa la información que aporta el demandante, se realizan los informes para el Banco de España y se prepara la documentación para su firma ante notario e inscripción en el registro de la Propiedad.

Tessi Iberia ha lanzado también un "Guía rápida" que recoge datos fundamentales para gestionar la moratoria de hipotecas entre particulares, empresas, autónomos y las propias entidades financieras, según el Real Decreto:

¿Quién puede acogerse a la moratoria?

-Las personas que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica. 

-Quien tenga una deuda hipotecaria contraída para inmueble cuyo uso sea:

a) Vivienda habitual. 

b) Inmuebles para actividad económica. 

c) Viviendas distintas a la habitual que hayan dejado de percibir las rentas por el estado de alarma. 

¿Cuáles son los efectos y los plazos de la moratoria?

-La suspensión del pago de las cuotas hipotecarias durante 3 meses. 

-No se devengarán intereses y se reclamará mora alguna. 

-La ampliación de la fecha de vencimiento en 3 meses. 

-No se podrá modificar ninguna otra condición.

¿Qué requisitos se deben cumplir para tener acceso a esta moratoria?

-Asalariado en situación de desempleo. 

-Empresario o autónomo cuya disminución de ingresos sea superior al 40%.

-Los ingresos de la unidad familiar no deben superar:

a) Con carácter general, 3 veces el IPREM. 

b) Incremento de 0,1 veces el IPREM por cada hijo a cargo (0,15% para monoparentales). 

c) Incremento de 0,1 veces por cada mayor de 65 años. 

d) Con algún miembro con discapacidad >33%, en situación de dependencia o incapacidad, 4 veces IPREM. 

e) Si el deudor tiene una discapacidad psíquica >33%, física >65% o incapacidad laboral, 5 veces IPREM. 

-La cuota hipotecaria más los suministros básicos debe ser igual o superior al 35% de los ingresos netos del conjunto de la unidad familiar

-El esfuerzo de la carga hipotecaria se haya multiplicado en 1,3 como consecuencia de la emergencia sanitaria. 

¿Qué documentación hay que aportar?

-Desempleo: Certificado del SEPE. 

-Cese o disminución de actividad: Certificado de la AEAT. 

-Personas que habitan en la vivienda:

a) Libro de Familia o pareja de hecho.

b) Certificado de empadronamiento.

c) Declaración de discapacidad. 

-Titularidad de bienes:

a) Nota simple.

b) Escritura de compra-venta y préstamo.

-Viviendas alquiladas: Contrato de alquiler.

-Veracidad de la situación del deudor: declaración responsable.

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