Oferta de empleo público

Becas para opositores: quién puede pedir la ayuda económica del Gobierno

El BOE publica las bases reguladoras de las becas que tienen como objetivo eliminar barreras socioeconómicas que impidan o dificulten la preparación de los aspirantes para el ingreso en ciertas carreras y cuerpos.

Becas para opositores: quién puede pedir la ayuda económica del Gobierno
Becas para opositores: quién puede pedir la ayuda económica del Gobierno
Andy Barbour a través de Pexels

Prepararse una oposición no es una tarea sencilla: exige esfuerzo, dedicación y sacrificio para conseguir una oferta de empleo público. Tal es así, que no todos los candidatos pueden estudiar y trabajar al mismo tiempo, lo que supone, en algunos casos, una falta de ingresos. De ahí la importancia de las ayudas económicas para la preparación de oposiciones cuyas bases reguladoras han salido publicadas en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pero a estas solo podrán optar quienes cumplan una serie de requisitos.

El objetivo de estas prestaciones es sufragar los gastos a los que tiene que hacer frente un opositor si desea convertirse en funcionario. En concreto, en la orden se explica que las ayudas pretenden “eliminar barreras socioeconómicas que impidan o dificulten la preparación de aspirantes para el ingreso en estas carreras y cuerpos”. Es por ello por lo que se trata de unas becas cuya cuantía se fijará en cada convocatoria, que tendrá una periodicidad anual.

En el BOE también se señala que las cuantías podrán “ser objeto de pago anticipado, entregándose los fondos con carácter previo a la realización de la actividad subvencionada”. Por su parte, los beneficiarios tienen la obligación de justificar los gastos de la actividad por lo que, a partir del mes en el que se paguen las becas, deben presentar con carácter trimestral una 'cuenta justificativa simplificada'.

Quiénes pueden solicitar las ayudas para opositores

A través del Centro de Estudios Jurídicos, el Ministerio de Justicia, liderado por Pilar Llop, establece que la concesión de las becas está determinada, en gran medida, por el nivel de renta de los solicitantes, con el fin de atraer talento hacia las profesiones indicadas. Así, estas ayudas solo se dirigen a los opositores de las Carreras Judicial y Fiscal, del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia y del Cuerpo de Abogados del Estado.

Para poder convertirse en beneficiario, es necesario solicitar la prestación a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia: en esa misma web, una vez aprobada la petición, hay que realizar la justificación de cumplimiento de la beca. Se debe tener en cuenta que las becas se otorgan de forma directa a los opositores para cubrir sus gastos.

A su vez, no se puede disfrutar de estas ayudas si se recibe a la vez subvenciones o ayudas concedidas por otras administraciones o entes públicos o privados con la misma finalidad.

Cuáles son los requisitos para pedir las becas de oposiciones

Los solicitantes de las becas para las oposiciones de las Carreras Judicial y Fiscal, del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia y del Cuerpo de Abogados del Estado tienen que cumplir los siguientes requisitos:

  • No incurrir en las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • No recibir otras ayudas o subvenciones para el mismo objeto, de entes públicos ni privados.
  • Reunir las condiciones exigidas en la última convocatoria de acceso a las Carreras Judicial y Fiscal, al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia o al Cuerpo de Abogados del Estado, respectivamente.
  • Estudiar la oposición bajo la dirección de un centro especializado, o de uno o varios preparadores o preparadoras.

Con respecto al centro especializado, se trata de aquel que se dedica públicamente a la preparación de las oposiciones a las que se dirigen las becas. En cuanto a los preparadores, esto alude a las personas que dirijan el proceso, no sean familiares directos en primer grado, por consanguineidad ni afinidad de la persona solicitante y sean miembros de la Carrera Judicial o Fiscal, del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia o del Cuerpo de Abogados del Estado, o bien juristas cuya trayectoria profesional les haga solventes para llevar a cabo esta actividad.

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