Bruselas liquida los '30 días de gracia' de Montoro para pagar a los proveedores

  • El 1 de abril las AAPP se quedarán sin el colchón extra de 30 días habilitado por Hacienda para facilitar el cumplimiento de la Ley de Morosidad
El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro. EFE/Ballesteros
El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro. EFE/Ballesteros

Según las estadísticas oficiales del Ministerio de Hacienda, el periodo medio que tardan la Administración Central y las comunidades autónomas en liquidar las facturas pendientes con sus proveedores es de 19 días y en ambos casos lleva más de un año por debajo de los 30 días que marcan el límite máximo de pago establecido por la Ley de Morosidad para las Administraciones Públicas. Un escenario idílico si no fuera porque el dato tiene truco y porque Bruselas ha obligado a España a acabar con él.

A partir del próximo 1 de abril, y en virtud de un Real Decreto aprobado el pasado 22 de diciembre que adapta la normativa española a la europea, las Administraciones Públicas tendrán de manera efectiva 30 días como máximo para abonar las facturas a sus proveedores, y no un plazo real de 60 días como venía sucediendo hasta ahora, según la metodología fijada en su momento por el Ministerio de Hacienda, que Europa ha venido ahora a corregir. En concreto, el truco radicaba en que Hacienda permitía a las diferentes unidades de la Administración dejar transcurrir 30 días entre el momento de dar conformidad a la factura y realizar su registro; registro que constituía el momento procesal que se definía en la metodología de Hacienda como punto de inicio para empezar a contar los días que se tardaba en liquidar la misma.

La consecuencia de este sistema es que las Administraciones Públicas españolas han dispuesto durante años de un colchón extra de 30 días para cumplir con el plazo máximo fijado en la normativa española y europea sobre morosidad para las Administraciones Públicas: 30 días. Visto desde esta perspectiva, esos 19 días que reflejan las estadísticas oficiales se convertirían en 49 días y excederían el periodo máximo fijado en la ley para que el sector público cumpla con sus proveedores.

Multas de hasta 800.000 euros por incumplir

¿Qué pasará a partir del 1 de abril? Pues que el contador se pondrá en marcha en cuanto la Administración dé conformidad a la factura y a partir de ese momento dispondrá de 30 días para abonarla, si quiere cumplir con la Ley de Morosidad. Ésta permite que ese plazo máximo se supere una vez de forma ocasional, porque si se supera durante dos meses seguidos expone a la Administración de turno a enfrentarse el nuevo régimen sancionador de la Ley de Morosidad, que prevé sanciones de hasta 819.780 euros en función de la gravedad de la situación.

El Ministerio de Hacienda considera el asunto un ajuste técnico que no variará el asunto principal: las Administraciones Públicas seguirán teniendo 30 días como máximo para pagar a sus proveedores. No obstante, fuentes del ámbito de la Administración consultadas por lainformacion.com admiten que el nuevo escenario obligará a las Administraciones Públicas a tramitar con mayor rapidez el pago de las facturas si no quieren volver al rincón de los incumplidores a partir del próximo mes de abril.

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