Regulación de legislación española

Pensión de viudedad: así es el reparto del dinero si hubo varios cónyuges

La pensión de viudedad se reparte entre todos los excónyuges y la última pareja pero existen ciertos requisitos para el cobro del dinero.

Una jubilada.
Pensión de viudedad: así es el reparto del dinero si hubo varios cónyuges
Imagen de PeterBe en Pixabay.

La pensión de viudedad está regulada por la legislación española. Cuando se contrae matrimonio y uno de los cónyuges fallece, el viudo o viuda recibe esta pensión con carácter vitalicio, siempre y cuando la persona fallecida estuviera dada de alta o en situación asimilada a la de alta en el momento de su defunción.

Además, si el fallecido había tenido varios cónyuges a lo largo de su vida, la pensión de viudedad tendrá que repartirse entre todos los excónyuges y la última pareja. Pero, en estos casos, ¿cómo se hace el reparto? ¿Tienen todos los beneficiarios derecho a la misma pensión?

¿Quién tiene derecho a recibir la pensión?

Podrán tener derecho a la pensión de viudedad el último cónyuge y todos los excónyuges anteriores. Los requisitos principales para que estos últimos accedan a la pensión es haber sido beneficiarios de una pensión compensatoria hasta la fecha del fallecimiento de su expareja (salvo algunas excepciones) y no haber contraído un nuevo matrimonio o pareja de hecho. Para el último cónyuge no existen requisitos a menos que el fallecimiento de la pareja se haya producido por enfermedad común anterior al matrimonio. En este caso, se deberán tener hijos en común o acreditar que el matrimonio se celebró, al menos, un año antes del fallecimiento.

Un 40% garantizado para el último cónyuge

La pensión de viudedad que genera una persona fallecida es una única prestación, que debe dividirse entre los excónyuges y el último cónyuge. Cuando existe un único beneficiario con derecho a pensión, el importe de la cuantía es íntegro. Sin embargo, si existen varios beneficiarios la Seguridad Social explica que la pensión se repartirá “en cuantía proporcional al tiempo vivido cada uno de ellos con el causante”.

No obstante, para el último cónyuge o superviviente de una pareja de hecho siempre se debe garantizar el 40% del importe total. Por lo tanto, si se reparte la pensión según el tiempo de convivencia, y esta resulta inferior para el último cónyuge, se tendrá que reconocer primero su 40% y después el resto a los demás excónyuges.

¿Y si fallece uno de los beneficiarios?

La legislación establece el reparto de la pensión de viudedad con el objeto de beneficiar especialmente al último cónyuge con el que el fallecido o fallecida estuvo casado. Por lo tanto, si se produce el fallecimiento de alguno de los excónyuges cuando se está percibiendo la pensión de viudedad, el cónyuge o pareja principal recibirá la parte que se reduce de la prestación de la persona fallecida. Sin embargo, no ocurrirá lo mismo cuando se produce el fallecimiento del cónyuge principal. En este caso, el resto de beneficiarios no recibirán su parte.

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