Cita anual con la Agencia Tributaria

Calendario de la Declaración de la Renta 2022: las fechas clave para entregarla

Todos los contribuyentes que cumplan los requisitos deben presentar su declaración en los plazos anunciados. Las fechas varían para solicitar el borrador, cita previa por teléfono o Internet y cita presencial.

Calendario de la Declaración de la Renta 2022: las fechas clave para entregarla
Calendario de la Declaración de la Renta 2022
Europa Press

La declaración de la Renta correspondiente al ejercicio de 2022 es un trámite esencial para la mayoría de contribuyentes. Esta declaración está vinculada al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y permite regularizar la tributación de este impuesto con los ingresos reales. Es decir, A cada trabajador se le retiene una parte de su sueldo –el porcentaje depende de sus circunstancias personales- y la declaración ajusta ese porcentaje aplicado sobre los rendimientos que finalmente se han obtenido.

Están obligados a presentarla todos los que hayan obtenido ingresos superiores a los 22.000 euros en el año 2022, si son de un único pagador. Si la persona ha cobrado de dos o más, tendrá que realizar la declaración cuando sus ingresos superen los euros.

Una vez sabes que cumples los requisitos, es importante estar pendiente para entregarlo a tiempo. La Agencia Tributaria ya ha dado a conocer el calendario y las fechas varían según si la declaración se realizará por Internet, por teléfono o de forma presencial en las oficinas.

Declaración de la Renta 2022: a partir del 11 de abril de 2023

Desde el 11 de abril todos los contribuyentes ya podrán obtener su borrador. A partir de ese día está disponible la presentación por Internet. Para ello, habrá que ir a la página web de la Agencia Tributaria y acceder al servicio de Renta WEB.

Es necesario contar con certificado digital o estar registrado con el sistema cl@ve. Una vez dentro, cada contribuyente podrá obtener su borrador. Es importante consultar toda la información recogida, tanto datos personales como fiscales, antes de presentar la declaración.

Para quienes deseen hacerlo con ayuda, a partir del 5 de mayo Hacienda ofrece la posibilidad de confeccionar la declaración por teléfono. Se deberá pedir cita previa. Esto será posible desde el día 3 de mayo a través de Internet o llamando a los siguientes números de teléfono: 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o 91 553 00 71 / 901 22 33 44.

Las citas presenciales solo estarán disponibles durante un mes. Desde el día 1 de junio los contribuyentes podrán acudir a las oficinas de la Agencia Tributaria para que le confeccionen su declaración de la Renta presencialmente. Eso sí, también se necesita cita previa – a partir del día 25 de mayo- que se podrá obtener de la misma forma que la telefónica.

Por último, la fecha clave es el 30 de junio, el último día para presentar la declaración de la Renta 2022 en todas sus modalidades. Por ello, solo se podrá pedir cita previa para solicitar la atención telefónica o presencial hasta el día 29 de junio.

¿Qué ocurre si se me pasa el plazo?

Anote bien estas fechas en su calendario para evitar que se le pase el plazo. La Agencia Tributaria permite presentar la declaración de la renta fuera de plazo, pero este retraso puede conllevar una sanción para los contribuyentes. La multa dependerá del resultado de a declaración -si sale a pagar o devolver- y de la voluntariedad del contribuyente.

Si la declaración de la renta sale a devolver, es decir Hacienda nos tiene que pagar, la Agencia Tributaria también puede reclamarte la presentación del documento. La sanción por no hacerlo es de 100 euros si no hay requerimiento y de 200 euros si el contribuyente presenta la declaración previo requerimiento de la Administración.

En el caso de una declaración a pagar, si se presenta sin requerimiento previo de la Administración tributaria, se aplicará sobre la cuantía a pagar un recargo del 1% por cada mes de retraso durante el primer año y del 15% por cada mes de retraso cuando ya haya vencido el año. Así, por ejemplo, si se entrega pasados dos meses el recargo será del 2%. Si transcurridos los 12 meses no se ha presentado la declaración, Hacienda exigirá los intereses de demora por el periodo transcurrido una vez cumplido el año. Por ello, es recomendable presentarla cuanto antes, aunque sea tarde.

Si te retrasas demasiado Hacienda pueden enviar un requerimiento y, en ese caso, el contribuyente deberá asumir una sanción mayor. Se aplicará un recargo de entre el 50% y el 150% sobre la cuantía que se debe abonar, según cuál sea el importe. Las multas se podrán reducir un 25% si se paga dentro del periodo que se establezca, lo que se denomina reducción por pago.

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