Calviño aparca la norma que exigía un bagaje de 10 años para auditar a bancos

  • Economía excluye el Reglamento de Auditoría de los asuntos urgentes a sustanciar antes del 28-A y remite su aprobación a la próxima legislatura.
Fotografía de Nadia Calviño, ministra de Economía / EFE
Fotografía de Nadia Calviño, ministra de Economía / EFE

El precipitado final de legislatura ha obligado a los ministerios a seleccionar sus proyectos más prioritarios para abordar su tramitación por la vía de urgencia y aparcar el resto en la confianza de que se puedan abordar durante en un próximo mandato. En el Ministerio de Economía este proceso de selección ha dado con las 128 páginas y los 143 artículos del Reglamento de Desarrollo de la Ley de Auditoría de Cuentas en el cajón y con ella también se ha dado al traste con la intención del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) de elevar el listón de exigencia a las grandes auditoras a la hora de seleccionar los profesionales responsables de auditar a las principales empresas del país, principalmente a la gran banca y a las empresas del Ibex 35.

La Ley de Auditoría de Cuentas del año 2015 dejó a un ulterior desarrollo reglamentario la responsabilidad de determinar la estructura organizativa y la dimensión que se debe exigir a los profesionales o sociedades encargadas de hacer las auditorías de las grandes empresas, entre los que mencionaba el número de profesionales implicados, la existencia de recursos técnicos y especializados suficiente  y la calidad contrastada de los sistemas de control internos.

Ha habido que esperar tres años para que el Ministerio de Economía presentara al fin el proyecto de reglamento, que se sometió a consulta pública el pasado mes de septiembre, y éste en efecto abordaba al fin el peliagudo asunto de la idoneidad de los auditores de las grandes empresas del Ibex. El texto, elaborado desde el ICAC - la institución encargada de supervisar el trabajo de las auditoras que operan en España, principalmente de las denominadas 'big four' (KPMG, PwC, EY y Deloitte)- impone nuevos requisitos, muchos más exigentes, para responsabilizarse de la auditoría de un gran banco o una firma del Ibex.

El ICAC argumenta esta exigencia en la necesidad de garantizar desde la normativa una adecuada calidad del servicio de auditoría "teniendo en cuenta la complejidad de las entidades, así como la especialidad de los sectores en los que operan", que, en su opinión, demandan la alta cualificación, no solo del auditor principal responsable y de sus equipos, sino también de las personas encargadas de la revisión del control de la calidad del encargo".

Lo hace en su artículo 86, en el punto que desarrolla la figura de los auditores principales responsables. La norma exige una experiencia mínima de diez años en ejecución de auditoría y de al menos cinco auditando entidades del sector concreto a que se refiera para poder responsabilizarse de la auditoría de un gran banco o de una de las grandes firmas del Ibex 35 o del mercado continuo.

La idónea formación de los auditores de las denominadas entidades de interés público es uno de las grandes caballos de batalla del ICAC, que arrastra desde hace tiempo la sospecha de que en algunos casos las auditoras no cuidan todo lo que debieran la calidad de los equipos a los que se asignan tareas de elevada complejidad.

El reglamento aparcado por el Ministerio de Economía al menos hasta la próxima legislatura también elevaba el listón para las auditorías del resto de entidades clasificadas como de interés público - cotizadas, entidades de crédito, aseguradoras y empresas definidas como tal por su importancia en términos de facturación o empleo - para las que exige una experiencia mínima de seis años en el ejercicio de la práctica de la auditoría y de tres años en el sector de la empresa que va a auditar.

El ICAC, en el punto de mira

El Reglamento de desarrollo de la Ley de Auditoría de Cuentas finalizó el periodo de consulta pública el pasado 2 de noviembre y había entrado en la fase en que el Ministerio analiza las aportaciones realizadas por los afectados y valora su posible incorporación al texto, o la supresión de determinados pasajes del mismo.

No se trata de una cuestión pacífica. Las grandes auditoras globales aunadas bajo la denominación de 'big four' abanderan desde hace tiempo una cruzada para diluir el ICAC dentro de la CNMV. El argumento es garantizar la independencia política del supervisor y regulador del mercado de servicios de auditoría, ya que depende del Ministerio de Economía y no goza del estatus de organismo independiente que sí tiene la CNMV, y el modelo de funcionamiento es el conocido como 'twin peaks', con dos grandes supervisores nacionales - la CNMV y el Banco de España - encargados de la supervisión de todos los mercados.

Fuentes próximas al ICAC aseguran que esta ofensiva no es ajena a las últimas actuaciones del regulador que ha impuesto fuertes multas a grandes auditoras como PwC o Deloitte, por las inconsistencias de sus trabajos de auditoría en casos como el de Banco Popular o ACS.

En ese esquema, el ICAC acabaría dentro de la CNMV, una idea que ha hecho fortuna en el ámbito parlamentario pero que apenas tiene parangón en los esquemas de supervisión de este mercado a de los principales países desarrollados, donde esa función la desempeña por lo general un organismo independiente del Gobierno, en efecto, pero dedicado en exclusiva al mercado de servicios de auditoría.

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