Se aprobó hace cuatro meses

Calviño blinda las ayudas a empresas con pérdidas aunque no sean morosas

Economía aclara a las comunidades autónomas que el fondo de 7.000 millones puede ir también destinado a empresas con pérdidas contables por el Covid. Más de la mitad del dinero está sin repartir, según ATA.

Nadia Calviño
Calviño blinda ayudas directas a pymes con pérdidas aunque no sean morosas
Europa Press

Economía quiere que las ayudas directas lleguen ya a las pequeñas y medianas empresas afectadas por la pandemia y se solucionen los inconvenientes que existen. Porque problemas hay, según han hecho saber varias comunidades autónomas al Ministerio y según han denunciado en público Cepyme y ATA. Para intentar avanzar en una solución el Gobierno aclara que aquellas compañías que hayan registrado pérdidas contables con motivo de la pandemia también pueden acceder al fondo de 7.000 millones. Aunque no tengan deudas con Hacienda y la Seguridad Social.

Son ya cuatro meses desde la aprobación, en Consejo de Ministros, de ese paquete de ayudas directas a pymes repartidos entre Canarias y Baleares, a los que les correspondió 2.000 millones, y el resto de autonomías, con 5.000. Pero varios gobiernos autonómicos han expresado "dudas" sobre cuáles son los costes de las empresas afectadas por la pandemia que se pueden financiar con este fondo. No era una cuestión que quedaba totalmente clarificada.

Por ello, en aras de la comprensión, Economía emitió un documento para despejar las dudas. Se llama "Aclaraciones al Título I del Real Decreto-ley 5/2021" y ya está en poder de los gobiernos autonómicos. No es un documento público pero sirve, en efecto, para blindar y clarificar qué tipo de situaciones puedes ser susceptibles de estas ayudas.

De esta forma, según esa "aclaración, y en virud de lo dispuesto en el Marco Nacional Temporal de Ayudas de Estado en relación con los costes fijos, las empresas que cumplan los requisitos para percibir estas ayudas, establecidos en el mencionado Real decreto-ley, pueden destinar las ayudas a compensar pérdidas contables originadas durante la pandemia. Por ejemplo, pueden solicitar ayudas para pagar un préstamo que tuvieran contraido.

El periodo que abarca el decreto es claro: entre el 1 de marzo de 2020 a 31 de mayo de 2021. Si las empresas han tenido pérdidas contables en ese periodo pueden destinar las ayudas directas del fondo a cubrir los costes fijos generados durante ese año y tres meses, costes, eso sí, que no estén cubiertos por la contribución a los beneficios (es decir, los ingresos menos los costes variables) ni por otras fuentes como seguros, medidas temporales u otro tipo de ayudas.

Es decir, por resumir, las ayudas directas pueden destinarse por las comunidades autónomas al pago de deudas con proveedores, deudas de suministros, salarios y arrendamientos, deudas con acreedores financieros y no financieros (la ayuda debe destinarse primero a pagar la deuda financiera y, dentro de ella, primero a la que tiene aval público) y, por último, a abonar pérdidas contables, excluidas las pérdidas por deterioro del valor puntuales, justificando la existencia de las mismas.

Cuatro meses después de la aprobación del decreto de ayudas directas la confusión entre comunidades autónomas y posibles beneficiarios de las mismas siguen las dudas. Las asociaciones de autónomos y pymes denuncian que no se han desmobolsado ni la mitad de esos 7.000 millones y que más de un 90% de los afectados por caídas de facturación quedan excluidos. Es una cifra que aporta la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA).

El Gobierno fijó que las ayudas directas a las empresarias serían de 3.000 y 200.000 euros y que, para recibirlas, las interesadas tendrían que acreditar una caída de sus ingresos de, cómo mínimo, un 30% de sus ingresos.

Mostrar comentarios