En plena escalada de contagios

Calviño activa los certificados digitales desde casa por riesgo de confinamiento

Economía prepara una orden urgente sobre los métodos de identificación no presencial para la expedición de certificados electrónicos cualificados que sirven para trámites con Hacienda o la Seguridad Social.

EFE
Calviño activa los certificados digitales desde casa por riesgo de confinamiento
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La segunda ola de la pandemia está descontrolada y, aunque el Gobierno está evitando pronunciarse de manera contundente sobre el asunto, la amenaza de un nuevo confinamiento para frenar los contagios es tan real que así se empieza a plasmar en decisiones ministeriales de asuntos aparentemente menores, pero de gran relevancia para el día a día de los ciudadanos y las empresas. Sin ir más lejos, el Ministerio de Asuntos Económicos está preparando una orden para habilitar un sistema permanente de identificación remota para la obtención de los denominados "certificados cualificados" que son necesarios para realizar trámites electrónicos con Administraciones Públicas como Hacienda o la Seguridad Social.

Con la declaración del anterior estado de alarma, el 14 de marzo, se decretó el confinamiento de la ciudadanía y se limitaron los desplazamientos para frenar la curva de contagios. Las Administraciones Públicas dejaron de prestar los servicios de atención presencial y emplazaron a los ciudadanos a realizar los trámites necesarios por medio de la sede electrónica, lo que ocasionó problemas en el desempeño de determinados procedimientos telemáticos, como por ejemplo en lo relativo a la emisión de certificados de empadronamiento para acceder a la moratoria del pago de la hipoteca o de certificados cualificados para otros asuntos como la presentación de la declaración de la renta, la liquidación de impuestos o la solicitud de créditos ICO, según explican fuentes jurídicas a La Información.

Por eso, de manera transitoria y excepcional, a través de la disposición adicional undécima del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente a la Covid-19, el Gobierno habilitó un sistema temporal de identificación remota por videoconferencia para la obtención de estos certificados cualificados que hasta ese momento requerían del desplazamiento físico a las oficinas de las administraciones públicas para que un funcionario realizase el proceso de identificación. La medida se tomó con carácter excepcional con el fin de contribuir a reducir la movilidad de los ciudadanos para realizar trámites, sin mermar sus derechos.

Ahora, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital que dirige la vicepresidenta Nadia Calviño va a implantar esta posibilidad "de forma permanente y con plena seguridad jurídica", a través de una orden que regulará las condiciones y requisitos técnicos que permitan la implantación de estos métodos de identificación por videoconferencia por parte de los denominados "prestadores de servicios electrónicos de confianza", que son los agentes del mercado que crean, verifican y validan firmas, sellos y certificados electrónicos en base a la normativa de la Unión Europea. El Ministerio efectuará así el desarrollo normativo previsto en el Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia, que modificaba aspectos de la Ley que regula la firma electrónica.

La intención del Ministerio es llevar a cabo el desarrollo normativo "de forma acelerada y urgente", para dar respuesta a esta necesidad "con la mayor celeridad, teniendo en cuenta la situación sanitaria que se atraviesa en relación con el Covid-19 y la necesidad imperiosa de encontrar soluciones no presenciales para la interacción electrónica entre ciudadanos, empresas y Administraciones Públicas", según recoge el Proyecto de Orden que está en trámite de audiencia pública en estos momentos. En el texto se añade asimismo que "la posible limitación de los desplazamientos pone de manifiesto la necesidad de ofrecer a la ciudadanía medios para obtener a distancia certificados electrónicos con plena seguridad". Se prepara así el terreno para un eventual confinamiento que vuelva a suponer trabas en las relaciones electrónicas de personas físicas y jurídicas con la Administración.

Pero el objetivo del Gobierno es doble. Por un lado, se busca eliminar la ventaja competitiva de la que gozan los prestadores de servicios de confianza de otros Estados miembros de la UE respecto a los prestadores españoles, al contar aquellos con normas nacionales que regulan la identificación remota por vídeo; y  por otro, proporcionar a los ciudadanos una alternativa segura desde el punto de vista jurídico y técnico a la personación física para la obtención de certificados cualificados. Con este último objetivo, se persigue proteger la salud en la actual situación de pandemia, "disminuyendo así las posibilidades de contagios", según consta en la memoria de análisis de impacto normativo que acompaña al Proyecto de Orden.

Identificación por vídeo

Respecto al contenido de la orden ministerial, eminentemente técnico, a grandes rasgos se especifica el procedimiento que deben seguir los prestadores de servicios electrónicos de confianza para la identificación no presencial de un solicitante, así como los requisitos y las acciones mínimas que deben llevar a cabo para detectar los intentos de suplantación de identidad o posibles manipulaciones de las imágenes o los datos del documento de identidad. Entre otras medidas, se exige verificar la autenticidad y validez del documento de identidad, así como su correspondencia con el solicitante del certificado.

Para empezar, se establece que el proceso de identificación remota por vídeo se podrá realizar de forma asistida, con la mediación de un agente, o sin necesidad de interacción en línea del solicitante, eso sí, con revisión posterior. El prestador cualificado de servicios electrónicos de confianza deberá regirse por unos requisitos de seguridad y contar con personal con una formación específica en materia de protección de datos. Se deberá identificar a los solicitantes cotejando vía vídeo a la persona con la fotografía del DNI o NIE en el caso de extranjeros, garantizando en todo momento la detección de falsificaciones o manipulaciones. El solicitante deberá ser debidamente informado de los términos y condiciones y de la grabación íntegra del proceso de identificación.

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