El debate sobre las ganancias

Calviño maniobra para frenar el reparto de dividendos de empresa todo este año

  • Estudia suspender durante todo 2020 la norma que permite a los accionistas salir de las compañías si no hay reparto de beneficios.
Fotografía Nadia Calviño, en Moncloa / EFE
Fotografía Nadia Calviño, en Moncloa / EFE

El Gobierno de coalición de las izquierdas está dispuesto a hacer todo lo que esté en su mano para evitar enfrentarse a titulares sobre millonarios repartos de dividendos en medio de una devastadora pandemia y también del mayor programa público de respaldo financiero al tejido empresarial puesto en marcha jamás en España. Su primer paso ha sido restringir el acceso a las exoneraciones asociadas a los ERTE por causa de fuerza mayor y a los préstamos del ICO con aval del Estado a las empresas que decidan repartir beneficios entre sus accionistas, y ahora quiere ir un paso más allá para evitar que la normativa mercantil sea puesta como excusa por las empresas para aprobar repartos de dividendos a lo largo de este año.

La clave es el artículo 348 bis de la Ley de Sociedades de Capital. Esta controvertida norma, activada en la era Zapatero para evitar abusos por parte de las mayorías accionariales, habilita a los accionistas minoritarios de una empresa para abandonar el capital de la misma y ser compensados de forma automática cuando la compañía opte por no repartir una parte relevante (no menos del 25%) de los beneficios obtenidos en el ejercicio anterior. Desde el ámbito empresarial se llamó la atención del Gobierno en los primeros compases de la crisis sobre los negativos efectos que la aplicación estricta de esta norma podría tener sobre la estabilidad financiera de las compañías que se hubieran comprometido a repartir dividendos antes de la declaración del estado de alarma. El Gobierno atendió las demandas de las empresas y decidió suspender la aplicación de esta norma en su primer Real Decreto de medidas económicas...pero como en tantas otras medidas adoptadas durante esta crisis sólo mientras se prolongara el estado de alarma.

El encendido debate para la prórroga más allá del estado de alarma de los ERTE por causa de fuerza mayor, en el que el Gobierno incluyó el requisito de no repartir dividendos para poder acceder a las ayudas vinculadas a este instrumento, puso sobre la mesa la controversia sobre que la legislación mercantil 'fuerza' de algún modo a muchas empresas a repartir beneficios para evitar fugas masivas de accionistas minoritarios. El asunto parece haberse resuelto -debe confirmarse en el Consejo de Ministros de este martes- eximiendo de manera explícita a las empresas acogidas a ERTE por causa de fuerza mayor de las obligaciones impuestas por el artículo 348 bis de la Ley de Sociedades de Capital.

Sin embargo, el Gobierno estudia una solución más general. Según fuentes jurídicas, tanto desde la Vicepresidencia de Asuntos Económicos como desde el Ministerio de Justicia se han mantenido en los últimos días contactos con los principales despachos de abogados del país para pulsar el estado de opinión y las potenciales distorsiones de prorrogar durante todo este año la suspensión de ese controvertido artículo de la Ley de Sociedades de Capital y, por tanto, también del 'derecho de separación' que asiste a los accionistas minoritarios cuando hay beneficios -como ha sucedido en 2019 en cientos de miles de empresas- y éstos no se reparten. La medida permitiría a miles de empresas suspender el pago de dividendos sin temor alguna a sufrir una descapitalización por una posible fuga de accionistas.

El 'feeling' que ha recibido el Gobierno es muy favorable. Tanto desde los despachos como desde las organizaciones empresariales se entiende que en unas circunstancias como las actuales, en las que una inmensa mayoría de las empresas ya descuentan que van a cerrar el ejercicio con enormes pérdidas, habilitar al tejido empresarial para que pueda retener los beneficios obtenidos en 2019 sin temor a dejarse por el camino a parte de su accionariado es esencial para que puedan amortiguar en todo lo posible el golpe de 2020. Fuentes jurídicas recuerdan, además, que suspender la aplicación de ese precepto no provocaría ningún sismo jurídico ya que desde su aprobación en 2011, ese artículo de la Ley de Sociedades de Capital ha estado más tiempo suspendido que en vigor.

El debate sobre la 'libertad de empresa'

El debate sobre las restricciones legales al reparto de dividendos está lejos de ser pacífico. Muchas empresas han acordado en sus Juntas Generales de Accionistas de manera mayoritaria suspender el reparto de dividendos previsto para este año para apuntalar sus balances ante la situación generada por el coronavirus, del mismo modo que otras grandes del Ibex como Telefónica, Iberdrola, ACS o Endesa han optado por mantener la retribucción al accionista pese a la pandemia.

Los problemas han surgido cuando el Gobierno ha decidido restringir el acceso a las ayudas públicas a las empresas que decidan retribuir a sus accionistas. Fuentes empresariales reconocen que ese aspecto ha sido uno de los más conflictivos en la negociación de la prórroga de los ERTE y uno de los que más tensión generó en la reunión del Comité Ejecutivo de CEOE para avalar ese acuerdo, ya que muchas organizaciones sectoriales lo observan como un ataque intolerable a la libertad de empresa. "Hay muchas empresas con matrices fuera de España que se han acogido al ERTE por causa de fuerza mayor porque directamente no podían seguir ejerciendo su actividad por las restricciones de las autoridades sanitarias que no entienden qué tiene que ver el apoyo del Estado al tejido empresarial por esa situación ajena a su voluntad con su política de retribución a los accionistas", explica una fuente empresarial.

Las tensiones entre Gobierno y tejido empresarial en relación a este asaunto se han filtrado de manera sutil a la condicionalidad impuesta por el Gobierno sobre sus planes de ayuda. Preguntada insistentemente sobre el particular, la vicepresidenta de Asuntos Económicos, Nadia Calviño, se vio obligada a aclarar en una comparecencia pública que la restricción al reparto de dividendos impuesta en el caso de los préstamos del ICO no impedía de forma taxativa a las empresas beneficiarias repartir dividendos, sino que únicamente les impedía utilizar la financiación con aval estatal recibida para sufragar sus políticas de retribución.

No se trata de un debate únicamente español. Francia ha avanzado que multará a las empresas que repartan dividendos después de haber recibido ayudas públicas, los ministros de Economía y Finanzas de la UE han emitido un comunicado recomendando a los bancos no repartir dividendos en el actual contexto y en varios países europeos también han aflorado iniciativas de todo tipo recomendando, exigiendo e incluso prohibiendo el reparto de dividendos a sectores o a empresas receptoras de ayudas. La Comisión Europea prohibió de forma taxativa el pasado viernes el reparto de dividendos en las empresas privadas que nacionalicen los gobiernos europeos como consecuencia de la situación creada por el coronavirus.

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