Tributación IRPF

La cantidad que pagarás en la Renta por el dinero ganado si recibes una herencia

Aunque los bienes recibidos no deban incluirse en la declaración de la Renta, sí lo tendrán que hacer todos los rendimientos patrimoniales de carácter económico que se hayan generado por la herencia.

Billetes de euro.
Billetes de euro.
Imagen de Racool_studio en Freepik.

El pasado miércoles comenzó la Campaña de la Renta 2021. Esto supone que hasta el próximo 30 de junio, todos aquellos contribuyentes que cumplan con los requisitos establecidos, en cuanto a límites de ingresos, estarán obligados a rendir cuentas con Hacienda. Aunque hablamos de un trámite anual, no suelen ser pocas las ocasiones en las que se generan ciertos quebraderos de cabeza, sobre todo, cuando se trata de incluir en el borrador, una venta o compra de vivienda, el alquiler o lo recibido en una herencia. 

Y es que, respecto a esto último, el impuesto de sucesiones grava la transmisión de bienes y derechos por causa del fallecimiento de una persona. Por lo tanto, cuando se trata de recibir la herencia de un ser querido, será obligatorio liquidar este impuesto en un plazo máximo de seis meses para poder hacer uso de todo lo que haya dispuesto en el testamento la persona fallecida.

Eso sí, ahí no acaban las obligaciones con Hacienda. Luego toca, como decimos, incluir este proceso en la declaración de la Renta. Tal y como establece la Ley del IRPF, "no estará sujeta a este impuesto la renta que se encuentre sujeta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones". Es decir, el aumento patrimonial que sea debido a una herencia en la que ya se haya liquidado este impuesto no debe ser incluido en la declaración de la Renta.

Por otro lado, los bienes recibidos no deban incluirse en la declaración, sí lo tendrán que hacer todos los rendimientos patrimoniales de carácter económico que se hayan generado en 2021 a través de los bienes heredados. Es decir, si, por ejemplo, se hereda una vivienda, esta se liquidará en el Impuesto de Sucesiones. No obstante, si esta vivienda se vende o se alquila, el contribuyente deberá incluirla en la declaración de la Renta, ya que supone una ganancia patrimonial.

Así tributa

¿Y cómo tributa? En el caso de la venta se pagará por la diferencia entre el valor del inmueble al heredarlo y el valor final al que se haya vendido. En el caso del alquiler, el contribuyente deberá incluirlo en el borrador como un rendimiento de capital inmobiliario. La cuantificación de este rendimiento se realizará, tal y como indican en la Agencia Tributaria, "restando de los ingresos los gastos deducibles y aplicando sobre esta cantidad, en los casos que proceda, determinadas reducciones".

Al caso de la vivienda también se suman otros supuestos. Por ejemplo, si lo que se hereda es una cuenta bancaria o un depósito, el contribuyente no tributará en la renta por este producto, pero sí lo hará en caso de que esta cuenta genere determinados intereses. Si lo que se hereda son acciones de bolsa, estas tampoco tributarán. En este caso, solo lo harán en el momento que decidan venderse. Por lo tanto, si se vendió alguna acción en 2020, sí habrá que incluirlo en la declaración de la renta.

Plusvalía del muerto

En el caso de que se produzca algún tipo de ganancia o pérdida patrimonial originada por el patrimonio de una persona fallecida, esta debe ser declarada. Sin embargo, al recibir esos bienes en herencia, los herederos ya pagan el Impuesto de Sucesiones, por lo que si tuvieran que pagar, además, esa ganancia o pérdida patrimonial, esto supondría lo que se conoce como "doble imposición", es decir, pagar dos veces por lo mismo. Con el objetivo de evitar esta doble imposición se introdujo en la Ley del IRPF un cambio para que esta "plusvalía del muerto" no tributase. Esto supone que en la actualidad las transmisiones de bienes que se produzcan a causa de herencias no generan ganancias ni pérdidas patrimoniales.

Por lo tanto, gracias a la "plusvalía del muerto", los herederos no tendrán que pagar impuestos por las ganancias acumuladas por fondos de inversión, acciones o inmuebles, entendiendo estas ganancias como la diferencia entre el valor de compra de un producto y el valor que tenía en el momento de heredarse. A efectos prácticos, esto supone poder ahorrar entre un 19% y un 26% de los impuestos sobre los beneficios.

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