CE pide a España recuperar las ayudas a empresas por compras en el exterior

  • La Comisión Europea (CE) ha pedido hoy a España que recupere los beneficios fiscales que se aplicaron grandes empresas españolas por la adquisición indirecta de participaciones en sociedades extranjeras, ya que los considera incompatibles con las normas sobre ayudas estatales de la UE.

Bruselas/Madrid, 15 oct.- La Comisión Europea (CE) ha pedido hoy a España que recupere los beneficios fiscales que se aplicaron grandes empresas españolas por la adquisición indirecta de participaciones en sociedades extranjeras, ya que los considera incompatibles con las normas sobre ayudas estatales de la UE.

El portavoz comunitario de Competencia, Antoine Colombani, ha dicho en la rueda de prensa diaria de la CE que no puede cifrar el monto que España debe recuperar o el número de empresas afectadas por la decisión, porque corresponde a las autoridades españolas proporcionar al Ejecutivo comunitario esta información.

El Gobierno español dispone de dos meses para recurrir la decisión, la tercera negativa sobre este régimen fiscal después de dos anteriores en 2009 y 2011.

El secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferre, se ha amparado en la ley tributaria que le impide desvelar de qué empresas se trata y ha asegurado que es muy difícil determinar la cuantía de la que se está hablando, aunque ayer ya avanzó que el impacto sería reducido.

En cuanto a las empresas que podrían estar afectadas, fuentes de Abertis han señalado que la decisión de Bruselas tendrá un impacto nulo en sus cuentas, tanto ahora como en el futuro.

Desde Telefónica han indicado que aún tienen que estudiar con detalle lo acordado por la CE, mientras que Iberdrola no ha hecho comentarios al respecto.

En el caso de Telefónica, por ejemplo, fuentes del mercado señalan que la operadora ha utilizado parcialmente estas deducciones en la adquisición de la brasileña Vivo y que, en caso de producirse la devolución, afectaría a entre 20 y 30 millones de euros en total.

Además de la decisión comunicada hoy por el Ejecutivo comunitario -que deriva de un procedimiento de infracción abierto en julio de 2013-, se espera que el próximo 7 de noviembre el Tribunal de Justicia de la UE dicte sentencia sobre este asunto, después de que el Banco Santander recurriera la decisión de la CE de 2011 y que Autogrill hiciera lo propio respecto a la de 2009.

Entre 2002 y 2012 el régimen español permitía la amortización durante 20 años del fondo de comercio (diferencia entre valor real y contable) generado por la compra de participaciones directas de más del 5 % en empresas extranjeras.

En marzo de 2012 la Dirección General de Tributos, ante la consulta de un contribuyente, amplió la interpretación de la norma a las compras indirectas (a través de sociedad interpuesta), basándose -según Hacienda- en decisiones que previamente había adoptado la propia CE.

En 2007 Bruselas abrió su primera investigación sobre la ley española y dos años después falló que el régimen era incompatible en cuanto a las adquisiciones en países de la UE y mantuvo abierta la investigación sobre operaciones en países de fuera de la Unión, resultando en la segunda decisión negativa en 2011.

Estas decisiones obligaron a recuperar los incentivos aplicados desde 2007 a la compra de participaciones en países extranjeros tanto de forma directa como indirecta.

Colombani ha explicado hoy que la recuperación de estas ayudas "está bien avanzada y acercándose a su finalización", pero tampoco ha facilitado el importe a devolver por parte de las empresas.

La CE mantuvo la vigencia los incentivos aplicados antes de que se abriera la investigación de 2007 basándose en el principio de confianza legítima, que obliga a las administraciones a mantener una mínima seguridad jurídica y que Bruselas considera que no es aplicable a la empresas que se han beneficiado de interpretación de la norma que España adoptó en 2012, ahora considerada ilegal.

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