Cláusulas suelo: así las aplican ahora los bancos al firmar las hipotecas

  • La nueva ley hipotecaria introduce un nuevo marco regulatorio en el que estas condiciones están prohibidas, pero se limita el tipo mínimo al 0%.
El Juzgado de las 'cláusulas suelo' rechaza devolver a una particular los gastos de constitución de una hipoteca
El Juzgado de las 'cláusulas suelo' rechaza devolver a una particular los gastos de constitución de una hipoteca
EUROPA PRESS

La sentencia del Tribunal Supremo que consideraba las cláusulas suelo como abusivas supuso un tsunami para las entidades bancarias y, desde entonces, han tenido que hacer frente a numerosas demandas. En 2017 la justicia española puso en marcha los juzgados especializados que han dictado un total de 81.288 sentencias, de las que el 97% han sido favorables al cliente. Tras el respaldo de la justicia y la adaptación del marco regulatorio, a través de la nueva ley hipotecaria que prohíbe las cláusulas suelo, aunque limita el tipo mínimo al 0%, ¿cómo se aplican ahora?

Las cláusulas suelo son un límite a la variabilidad que se aplica en las hipotecas de tipo variable y con la que los bancos evitan que una bajada drástica del Euríbor les afecte. La mayoría de las hipotecas con tipo variable establecen su interés de acuerdo a este índice más un diferencial. Así, por ejemplo, para una hipoteca de tipo variable con un interés euríbor +0,99%, el interés sería de -0.108% (el valor del Euríbor) más el 0.99%. Sin embargo, con la cláusula suelo si la cifra resultante es menor, por ejemplo, de 0.1%, este interés no se aplicaría, sino que el 0.1% sería el tope y como mínimo se aplicarían ese tipo.

La actualización de la ley que regula el mercado inmobiliario, que fue aprobada por el Gobierno y entrará en vigor en junio, incluye la prohibición de cualquier límite a la variabilidad, es decir, de manera general no permite las denominadas cláusulas suelo. Sin embargo, a continuación, señala que el interés remuneratorio no podrá ser negativo, lo que significa, como advierte Isabel Fuentes, técnico de producto de Arriaga Asociados, "elimina las cláusulas suelo pero a beneficio del banco". 

La no existencia de ningún límite a la variabilidad podría perjudicar a los clientes en el caso de una drástica subida del Euríbor, "no pone que el interés remuneratorio no podrá ser superior al 10%", señala Fuentes. De esta manera, la norma protege a los bancos en caso de una bajada severa del Euríbor, ya que en el caso de que el diferencial fuese a negativo las entidades no tendrían que pagar a los clientes, pero en la situación contraria los usuarios no tienen 'techo' con el que protegerse.

A pesar de que han sido consideradas abusivas, Isabel Fuentes señala que "algunos bancos las siguen aplicando" y quienes no lo hacen es porque "se han visto obligados en parte por la sentencia de mayo de 2013 o bien porque porque los clientes han reclamado". 

Pactos novatorios

Quienes tengan una hipoteca variable y estén pagando "una cuota que no esté variando, o sea bastante elevada frente al Euríbor bastante bajo", pueden sospechar de que su contrato incluye una cláusula suelo. Ante esa situación, los clientes todavía pueden reclamar para que vean resarcido su perjuicio y se les devuelvan las cantidades pertinentes. 

Precisamente esta última cuestión, la devolución de cantidades, es lo que pretenden evitar los bancos, por lo que buscan que los clientes firmen pactos novatorios. Fuentes indica que estos pactos "consistían en que al cliente se le modificaba o eliminaba la cláusula", pero suponen un perjuicio para el cliente porque "no ven resarcido el perjuicio que ha tenido"

Quienes hayan firmado estos pactos y quieren reclamar, deben esperar a la resolución de Europa. La cuestión está elevada al Tribunal Superior de Justicia Europeo (TJUE) que, al igual que ocurrió con las cláusulas suelo, podría declararlos abusivos. "La cuestión está elevada a Europa, pero lo que está resolviendo hasta que finalmente diga la sentencia parece positivo a favor del consumidor", indica Isabel Fuentes. 

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