Así lo establece el SEPE

Trabajar y cobrar el paro: los empleos que permiten seguir recibiendo el subsidio

OFICINA PARO
OFICINA PARO

El principal requisito para cobrar el paro en España es no tener trabajo. Los que reciben el subsidio por desempleo tienen además que tener cotizado un periódio mínimo de 360 días en los seis años anteriores a su situación de desempleo, un período que determinará también el tiempo en el que se percibirá la prestación.

Sin embargo, en la reglamentación oficial del Ministerio de Trabajo y Economía Social existen excepciones peculiares, siendo una de ellos la que especifica los casos en los que se puede cobrar el paro desempeñando un trabajo al mismo tiempo.

El primero de ellos es el del trabajo a tiempo parcial. Los trabajadores que sean contratados en este régimen pueden solicitar el paro y cobrarlo, aunque la cuantía de la prestación se verá reducida: se restará al importe la parte proporcional tiempo trabajado.

En segundo lugar, también tienen derecho al subsidio por desempleo los trabajadores que firmen contratos en el mercado del programa de sustitución de personas trabajadoras en formación.

Por otro lado, aquellos trabajadores que realicen prácticas en entidades públicas o privadas en colaboración con un centro docente, siempre y cuando no requieran dedicación exclusiva y "la contraprestación económica que perciba se limite a compensar los gastos de material, locomoción, alojamiento o manutención", también serán beneficiarios del paro.

Trabajos de colaboración social

Existe un tipo de trabajo que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) define como "trabajo de colaboración social" que va  asociado al cobro del paro.

De hecho, si se está recibiendo el dinero del paro, el SEPE puede ofrecerle o exigirle al beneficiario el desempeño de estos empleos que se caracterizan por ser de utilidad social y destinarse al beneficio de la comunidad, ser temporales y no suponer un cambio de residencia habitual de la persona trabajadora.

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