Estos son los requisitos para cobrar ambas

¿Cobrar la pensión de jubilación y la de viudedad a la vez? Recibe hasta 2.683 €

Dos jubilados.
Dos jubilados.
Vlada Karpovich de Pexels.

En España, según los datos de marzo, hay casi 10 millones de personas perciben pensiones de la Seguridad Social. Las pensiones de jubilación son la mayor parte del gasto en pensiones: más de 6 millones de ciudadanos son perceptores de este tipo de prestación. Le siguen en el ránking las pensiones por viudedad con más de 3 millones de beneficiarios. 

Las pensiones públicas de un mismo régimen (general, autónomos, mineria...) son incompatibles para un mismo beneficiario. Sin embargo, existe una excepción: la pensión de viudedad. Es decir, es posible cobrar dos pensiones siempre y cuando una de ellas sea la de viudedad.

Aunque existe un requisito fundamental para cobrar ambas pensiones. La pensión pública de jubilación y de viudedad no podrán superar juntas el límite de la pensión máxima, fijado en 2.683,34 euros. Si se supera la cantidad establecida, habrá que elegir entre las dos prestaciones. 

También hay una serie de limitaciones para cobrar la ayuda por el fallecimiento de un cónyuge:

-Tiene que ser cónyuge del fallecido y tener hijos comunes. En caso de no cumplir esto último, el matrimonio debe haberse celebrado, como mínimo, un año antes del fallecimiento. Si la muerte se ha producido en un matrimonio de menos de un años, se tiene derecho a percibir una prestación temporal de viudedad.

-También pueden percibir la pensión las ex-parejas divorciadas o separadas judicialmente que estuvieran percibiendo pensión compensatoria, es decir, la prestación económica que tiene derecho a percibir el cónyuge al cual la separación o divorcio le cause un desequilibrio económico. 

-Los mayores de 65 años que no tengan otra pensión cuyo matrimonio haya sido superior a 15 años, sin necesidad de ser perceptores de pensión complementaria. 

-Las parejas de hecho del fallecido, inscritas al menos dos años antes del fallecimiento, también podrán percibir prestación de viudedad.

En definitiva, la pensión de viudedad es compatible tanto con las rentas de trabajo, como con todas las prestaciones que sustituyen al salario, entre las que está la pensión de jubilación.  

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