Comité Ejecutivo CNMV asume poderes sobre operaciones vinculadas y auditorías

  • El comité ejecutivo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha quedado facultado para decidir sobre la exención de la información que tienen que presentar las sociedades emisoras de valores sobre operaciones vinculadas, según publica hoy el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Madrid, 1 ago.- El comité ejecutivo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha quedado facultado para decidir sobre la exención de la información que tienen que presentar las sociedades emisoras de valores sobre operaciones vinculadas, según publica hoy el Boletín Oficial del Estado (BOE).

También tendrá el comité "la facultad de remisión al Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) de los informes de auditoría en los que se apreciara la inobservancia de la legislación en materia de auditorías de cuentas o el incumplimiento de las normas técnicas aplicables".

Esto será posible después de que el consejo de administración de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) haya aprobado la delegación en el presidente, vicepresidente y en el comité ejecutivo del organismo supervisor de diversas atribuciones sobre la regulación de los mercados de valores.

Según fuentes del mercado, este es un trámite administrativo que la CNMV acostumbra a realizar en un plazo de tres meses cada vez que nombra un nuevo consejero -en mayo se incorporó Juan Manuel Santos-Suárez-, aunque en esta ocasión ha aprovechado para reorganizar por temas estas delegaciones e incluir algunas nuevas al asumir competencias europeas.

Entre las competencias que ha decidido transferir el consejo en su reunión del pasado 23 de julio y que entran hoy en vigor están la exigencia por el presidente o vicepresidente del organismo regulador de "la publicación de informaciones adicionales, conciliaciones y/o correcciones de la información periódica" a las sociedades emisoras.

El Comité Ejecutivo de la CNMV podrá pedir a los emisores de valores en los mercados secundarios "la publicación de reformulaciones de la información periódica".

Otras delegaciones les facultan sobre la "dispensa" del cumplimiento de materias relacionadas con información relevante, así como sobre la inclusión de valores en el mercado continuo.

También figuran diversos trámites administrativos referidos a la verificación de requisitos para la admisión de valores a negociación en mercados secundarios oficiales, participaciones significativas, gobierno corporativo, etc.

Además se delegan competencias sobre ofertas públicas de venta, suscripción y adquisición de valores, así como sobre la suspensión y levantamiento de negociación de títulos en mercados secundarios.

El presidente y vicepresidente y comité ejecutivo de la CNMV podrán asumir poderes sobre las ventas en corto.

Mostrar comentarios